17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Otra vez la discusión sobre la pena de muerte en Puerto Rico

Fue por el caso de un hombre, acusado de homicidio. La penal capital está prohibida por la Constitución de ese país, pero el castigo está contemplado en las leyes federales que rigen en ese territorio bajo jurisdicción estadounidense.

 
Un proceso judicial que podría terminar con la imposición de la pena de muerte revivió una vieja controversia política en Puerto Rico, cuya Constitución prohíbe expresamente ese castigo. El juicio a Carlos Ayala López, por el presunto asesinato del agente federal José Oscar Rodríguez Reyes, comenzó este miércoles con la selección del jurado que participará del proceso que realiza el tribunal estadounidense en San Juan.

“La sección 7 del artículo 2 de la Constitución portorriqueña específicamente prohíbe la pena de muerte, lo que se respetaría en cualquier otro país soberano´´, aclaró Osvaldo Burgos, director ejecutivo de la gubernamental Comisión de Derechos Civiles.

La pena de muerte fue abolida en la isla en 1929y está prohibida en su Constitución, pero está contemplada en las leyes federales que rigen en ese territorio bajo jurisdicción estadounidense.

“Como tenemos la relación política que tenemos con Estados Unidos, el gobierno norteamericano se ha reservado para sí algunas facultades y por eso tenemos la pena de muerte (en la jurisdicción federal)”, explicó Burgos.

A Ayala López se le acusa de asesinar el 24 de abril de 2002 al agente federal que prestaba vigilancia en un hospital local para ex combatientes. El caso ha sido certificado para pena de muerte, lo que significa que si el acusado es hallado culpable del delito, se celebraría un segundo proceso para determinar si su condena será la ejecución o la cadena perpetua.

En el 2000, el tribunal Supremo de Puerto Rico determinó que la pena de muerte violaba la Constitución. Pero un año después, el primer circuito de la Corte de Apelaciones en Boston revocó esa decisión, argumentando que la isla está sujeta a las leyes federales.

Sin embargo, en abril de 2005, un jurado portorriqueño determinó no aplicar la pena de muerte a dos convictos (Lorenzo Vladimir Catalán y Hernando Medina Villegas) por la muerte de un guardia de seguridad durante el robo a una cooperativa en marzo de 2002.

En 1994 el presidente norteamericano Bill Clinton firmó una ley federal que aumentaba el número de crímenes que se castigarían con la pena capital. Según el Gobierno Federal esa ley debe aplicarse en Puerto Rico bajo la jurisdicción federal. Sin embargo, la Constitución de la isla garantiza expresamente que en Puerto Rico no habrá pena de muerte. Aun así, el gobierno estadounidense insiste en que una ley federal está por encima de la Constitución portorriqueña. El problema se suscita porque la Constitución de Puerto Rico fue aprobada por el Congreso de Estado Unidos y es a la vez, una ley federal.

En Puerto Rico la pena de muerte estuvo vigente hasta 1929. Sus detractores afirman que siempre fue utilizada de manera racista. De las 23 personas condenadas y ejecutadas a muerte en este siglo, la mayoría eran negros y pobres.



dju / dju
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