La Justicia en lo Contencioso Administrativo de Bilbao, España, condenó a una empresa de servicios ferroviarios a pagar 900 euros por los ruidos molestos que le causaba a los vecinos las obras que realizaba durante la noche en una estación de trenes. Se constató que se supera el nivel de decibelios autorizados.
Así, se confirmó la sentencia que se le había impuesto, por la vía administrativa gubernamental, a la empresa Renfe que había acudido a la Justicia para apelar la decisión.
El conflicto se originó en octubre de 2003 por las denuncias de los vecinos por los ruidos provocados por las obras que se estaban realizando de noche en una estación de tren. Las autoridades concurrieren de madrugada y constataron, en una medición en el interior de las viviendas, que el nivel sonoro de los ruidos superaba los 25 y 30 decibelios permitidos en horario nocturno en zonas residenciales, y alcanzaba los 45,4 y 48 decibeles.
La Justicia afirmó que las obras realizadas afectan la salud de los vecinos y deterioran el medio ambiente. Rechazó los argumentos de la empresa que alegó que las obras se realizaban de noche para no interrumpir el servicio de trenes durante el día. Por estos motivos confirmó la multa administrativa de 900 euros con los que se sancionó a la empresa.
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