17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Ordenan reabrir la causa del joven Walter Bulacio

La Corte Suprema de Justicia ordenó por unanimidad la reapertura de la causa por la muerte de Walter Bulacio, quién fuera arrestado por la policía y falleciera en una comisaría hace trece años. La resolución es coincidente con las recomendaciones de la Corte Internacional de Derechos Humanos, quién entendió que al ser un delito de lesa humanidad no puede prescribir la acción.

 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso “hacer lugar al recurso extraordinario del fiscal contra la sentencia de la sala VI de la Cámara del Crimen, que había confirmado la prescripción de la acción en la causa “E. 224 Espósito” y de esa forma reabrió la causa por la privación ilegal de la libertad y muerte de Walter Bulacio, el joven detenido en 1991 antes de un recital de los Redonditos de Ricota y que luego falleció en la seccional 35 de la Policía Federal.

El máximo tribunal consideró “arbitraria” la sentencia de la Cámara del Crimen, que en noviembre del 2002 declaró prescripta la causa, “en razón de la obligatoriedad de las decisiones de los órganos respectivos, tal como surge de la Convención Americana de Derechos Humanos, ley 23.054”.

En este sentido, la Corte Interamericana había determinado, en su fallo, que eran “inadmisibles las disposiciones de prescripción o cualquier obstáculo de derecho interno mediante el cual se pretenda impedir la investigación y sanción de los responsables de violaciones a los Derechos Humanos; y, avalar la resolución que confirmaba la prescripción de la acción, “era lesiva del derecho de las victimas a la protección judicial”. La CIDH también ordenó, en ese momento, que se modificaran leyes y prácticas policiales para evitar violaciones personales y que se indemnice a la familia Bulacio con 400 mil dólares.

Hace pocos días, la defensa del ex comisario Miguel Ángel Espósito, único imputado por el crimen, había pedido a la Corte que declare la nulidad de toda lo actuado en la causa desde 1994 hasta la actualidad. El abogado del ex policía, Pablo Argibay Molina, argumentó que el máximo tribunal ordenó ese año la prosecución del expediente, después de que Espósito había sido sobreseído, basándose en un pedido de una abogada que no era parte en la causa.

La solicitud había sido formulada por la abogada María del Carmen Verdú, titular de la Correpi (Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional), pero según la defensa de Espósito no debió ser tenido en cuenta a la hora de decidir la reapertura de la investigación, dado que ésta no se encontraba habilitada para querellar por privación ilegal de la libertad.

El 26 de abril de 1991, el joven Bulacio fue a un recital de los Redonditos de Ricota en el estadio de Obras Sanitarias, pero antes de ingresar fue detenido y llevado a la comisaría 33 de esta capital. Una semana después murió como consecuencia de un derrame cerebral que, se supone, se produjo porque el joven fue torturado. La causa judicial llegó a superar los 17 cuerpos de 200 fojas cada uno, y estuvo en manos de alrededor de 30 magistrados de primera instancia.



dju / dju
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