31 de Octubre de 2024
Edición 7082 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/11/2024

Denuncian a ministros de la Corte por prevaricato

Nito Artaza denunció por prevaricato a tres de los cinco ministros de la Corte Suprema de la Nación que semanas atrás votaron a favor de la "pesificación" de los depósitos bancarios en el caso “Bustos”. Señala que incurrieron en una clara violación de la doctrina de los actos propios. TEXTO COMPLETO

 
La acción penal fue interpuesta contra los jueces Augusto Belluscio, Juan Carlos Maqueda y Antonio Boggiano, quienes fueron acusados por los ahorristas de haber fallado contra la ley y la Constitución Nacional porque sus votos afectaron el derecho de propiedad de los depositantes.

“Se consuma la figura del Prevaricato “de Derecho”, en la que son sujetos activos tres ministros de la Corte que no sólo han dictado una sentencia contraria a la ley expresa (Art. 17 de la Constitución Nacional, arts.617,619 y 2220 del Código Civil), sino que además han contradicho sus propios actos dictados en la materia. En efecto; los Dres. Belluscio, Boggiano y Maqueda, han puesto en evidencia una notable incongruencia al momento de emitir sus votos” señaló Artaza.

En la denuncia que quedó radicada en el juzgado a cargo de Rodolfo Canicoba Corral, se afirmó que los ministros de la Corte incurrieron una “clara violación” de la “doctrina de los actos propios” en que incurre nuestro Tribunal, al ignorar los preceptos emanados de sus dos precedentes.

En otro párrafo de la presentación se expresó que “la esencia del voto de estos tres Ministros ha cambiado” ya que el voto en disidencia de la causa “Smith” indicaba que “se debía sustanciar un proceso ordinario para resolver cuestiones que eran “complejas o de difícil acreditación”, por requerir “mayor debate o prueba” y en la causa “Bustos” “cambian de parecer, concluyendo en que se hace “necesario poner fin definitivamente a una cuestión de innegable trascendencia institucional y social”.

Resaltó Artaza que Belluscio debía abstenerse de votar en dicha causa a raíz de que “se había excusado” de actuar en todas las causas vinculadas a obligaciones contraídas en moneda extranjera, -autos “Pérsico Luigi c/Maffulli Ciro y otro” (P.122.XXXIX) y el posterior retiro de esa excusación, fundado en que canceló sus deudas hipotecarias “pesificadas”, “no lo habilitaba a actuar” en las causas vinculadas a los depositantes en el sistema financiero.

En tanto, sobre Maqueda de quien destacó su participación en la mayoría que votó la sanción de la ley 25466/01 de “intangibilidad de los depósitos, precisó que “debió omitir fundar su voto en circunstancias del país que no contempló debidamente como legislador, más aún teniendo en cuenta que, según su voto en “San Luis”, se necesitaban medidas de prueba complejas a sustanciarse por la vía ordinaria”.

Concluyó el cómico devenido líder de los ahorristas que además del prevaricato de derecho denunciado también incurrieron los jueces en prevaricato de hecho al fundar sus votos en hechos falsos, tales como que “la propiedad de dólares constituyó una gran falacia”. Al respecto ironizó que se permite preguntar si también pueden considerarse dólares virtuales a aquellos que los bancos enviaron en remesas a sus casas matrices durante 10 años...



dju / dju
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