15 de May de 2024
Edición 6966 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 16/05/2024

Condenados once años después

La Cámara Federal condenó a penas de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta a un ex funcionario y dos ex empleados de la ex Caja Nacional de Ahorro y Seguro por defraudación a la administración pública en 1992.

 
La Sala I de la Cámara Federal revocó un fallo de primera instancia por el cual se había absuelto a tres ex empleados de la Caja Nacional de Ahorro y Seguro y decidió condenarlos a penas de prisión en suspenso, al encontrarlos culpables de alterar el sistema de liquidación de haberes para aumentarse los sueldos.

Las condenas recayeron sobre el ex jefe de la División Liquidación de haberes de la entidad estatal en liquidación, Fernando Raiponeri, una ex empleada administrativa del mismo sector, Silvia Constanzello de Carro y un ex encargado del área de sistemas, Guillermo Alberto Carro.

Los jueces Horacio Vigliani y Gabriel Cavallo decidieron atender las razones de la fiscalía –la causa se tramitó por el “viejo” código de procedimientos- y dieron por “acreditada fehacientemente” en el expediente la maniobra delictiva.

Para los camaristas, quedó claro en el proceso que Raiponeri y Constanzello, aprovechando las funciones de liquidación de haberes, alteraron sus propios sueldos, con la ayuda de Carro en Sistemas.

Los jueces concluyeron que los imputados también “adulteraron los totales de liquidación de haberes” para tratar de ocultar la maniobra. Además, dieron por demostrado que a Carro se le modificó el sueldo una vez, mientras la mujer y Raiponeri cobraron retribuciones “muy superiores” a las que correspondían.

Raiponeri asumió en el sector de Liquidación de Haberes de la Caja de Ahorro el 24 de enero de 1992 y fue desplazado en mayo del mismo año, cuando se detectó la maniobra.

Los camaristas Cavallo y Vigliani resolvieron condenar al ex jefe de División a 2 años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial perpetua por considerarlo “autor” del delito de “defraudación a la administración pública”.

La misma pena se le impuso a Constanzello, aunque se la consideró “partícipe primario” de la maniobra. Para Carro, en tanto, se decidió una condena de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua, también como partícipe primario.



dju / dju
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