26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

222 mil pesos por una zanja

Una jueza porteña condenó a Edesur por la apertura de un pozo y el abandono de vallas de madera en una obra en Balvanera. La sanción es de cumplimiento efectivo.

En plena época de reclamos por cortes de luz y problemas eléctricos, la Justicia porteña impuso a la empresa distribuidora de energía Edesur una multa de 222.800 pesos, de efectivo cumplimiento, por la apertura de un pozo y el abandono de vallas de madera en una obra del barrio de Balvanera.

La titular del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 26 de la Ciudad de Buenos Aires, María Cristina Nazar, enmarcó la conducta en el artículo 2.1.23 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, el cual establece: “Las personas físicas o jurídicas que incumplan las condiciones establecidas en el permiso de obra que les fuera otorgado serán sancionadas con multa de 2.000 a 100.000 unidades fijas”.

Según consta en la causa, a la empresa distribuidora de energía eléctrica, a cargo de la red eléctrica de una parte de Capital Federal y las zonas sur y sudoeste del Gran Buenos Aires, se le atribuyó la “apertura de acera sin cierre definitivo y abandono de vallas de madera sobre árbol”.

Dicha infracciones corresponden al artículo 2.1.15 de la ley 451 que determina que “la empresa responsable de la apertura de pozos o zanjas en la vía pública que los efectúe sin permiso o con permiso vencido, o que omita colocar vallas de seguridad, defensas, anuncios, señales y dispositivos de seguridad reglamentarios, es sancionado/a con multa de 100.000 a 200.000 unidades fijas y/o inhabilitación”.

En este escenario, la jueza le impuso a la empresa una multa de 20 mil unidades fijas, equivalente a 222.800 pesos. “La misma será de cumplimiento efectivo dado las condenas que registra conforme certificación que antecede, no haciendo lugar al pago de las dos primeras cuotas a los sesenta días de la presente condena”, concluyó el fallo.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486