25 de Abril de 2024
Edición 6953 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/04/2024

Córdoba vía videoconferencia

El TSJ de esa provincia dictó un acuerdo por el cual instaura una Oficina de Coordinación para el uso de la videoconferencia en el fuero Penal. Los magistrados recalcaron "la importancia de establecer una nueva fuente de comunicación directa ente las distintas dependencias de la provincia".

El  24 de septiembre de 2014 el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba  resolvió adherirse al Protocolo de Videoconferencia aprobado por Junta Federal de Cortes y Tribunales Superiores de Justicia -JUFEJUS-.

Según detalla ese acuerdo, el protocolo contenía "un conjunto de reglas para estandarizar el uso de este recurso tecnológico para fortalecer la cooperación mutua, agilizar los procesos jurisdiccionales y facilitar capacitaciones, reuniones de coordinación, entre otras temáticas que se convengan". Tiempo después, los Asesores Penales Letrados Mariano Brusa y Pablo Pupich, pelevaron una nota donde pusieron a consideración del Alto Cuerpo, una propuesta de “Protocolo de actuación de agentes judiciales y penitenciarios en la ejecución de entrevistas confidenciales de asesoramiento mediante el sistema de videoconferencia”, a los fines de que, sea autorizada su implementación en la celebración de entrevistas a distancias de personas privadas de su libertad.

Eso fue la génesis del Acuerdo Reglamentario N° 1281 - Serie “A”, que resolvió instaurar una Oficina de Cordinación, dependiente de la Secretaría del Alto cuerpo, que será la encargada de establecer un turnero de uso de las videoconferencias, "como así también la de coordinar con los distintos establecimientos Penitenciarios, la conexión y el correcto cumplimiento del acto procesal para el cual sea convocado".

El Acuerdo cuenta con las firmas de los vocales Domingo Sesín, Aída Lucía Teresa Tarditti, Carlos Francisco García Allocco María de las Mercedes Blanc de Arabel, María Marta Cáceres de Bolattiy Sebastián Cruz López Peña y se publicó este jueves en el boletín Oficial de la provincia. Allí los magistrados reconocen "la importancia de establecer una nueva fuente de comunicación (video conferencia) directa ente las distintas dependencias de la provincia aprovechando al máximo el uso de la tecnología con que se cuenta en la actualidad".

La oficina tendrá bajo su responsabilidad, "el autorizar y proveer los recursos necesarios para el óptimo funcionamiento de la Sala y será responsable de la operación técnica y resguardo de los equipos e instalaciones. La implementación se realizará en forma gradual, paulatina y organizada conforme a indicaciones impartidas por la Secretaría Penal del Tribunal Superior de Justicia".

Por otro lado, la acordada establece que la instalación e implementación, la puesta en funcionamiento y mantenimiento del programa para la transmisión de los eventos, el mantenimiento y soporte de los recursos técnicos y tecnológicos, para el desarrollo de la Videoconferencia, como la incorporación de nuevas tecnologías destinadas a tal fin, estarán a cargo de la Dirección de Informática del Poder Judicial de Córdoba.

El Acuerdo Reglamentario también exige que la Sala de Videoconferencia será "de uso exclusivo de los Magistrados y Funcionarios" , y de los titulares "de los distintos Organismos de este Poder, que justifiquen su requerimiento". También impone un límite, "será destinada para eventos estrictamente Judiciales, salvo aquellas excepciones que por motivos fundados sean autorizados por la Secretaría Penal del Tribunal Superior de Justicia".

El Tribunal Superior de Justicia también aclara que para la designaciín de una fecha de audiencia habrá que efectuar una solicitud, la que deberá ser dirigida vía e-mail por correo oficial desde la “casilla de correo informático del Tribunal, Fiscalías, Juzgados, Cámaras del Crimen, etc.”, a la “casilla de correo informático de la Oficina de Coordinación del Poder Judicial (Tribunales II) (secretariapenaloc@justiciacordoba.gob.ar), proporcionando la información completa sobre la(s) institución(es) con la cual se pretende realizar la conexión por videoconferencia a fin de establecer el contacto.

"Para ello dicha solicitud deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1 - Unidad administrativa con la que se requiere la conexión. 2 - Datos del contacto de la Parte Requirente. 3 - Tipo de evento que se realizará, indicando fecha y horario de comienzo del evento. 4 - Nombre del responsable técnico, teléfono, dirección de correo electrónico. 5 - Toda información que se considere necesaria tener en cuenta para tal enlace. Si se tratara de un pedido para entrevista con personas privadas de libertad que se encuentren alojadas en Establecimientos Penitenciarios que dependen del Servicio Penitenciario de Córdoba, se adjuntará al mencionado encargo, además de los datos del establecimiento y lugar de alejamiento, todos los datos relacionados con la causa, como así también los motivos de la misma", explica.



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