17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
700 mil pesos de resarcimiento

Accidente forestal

La justicia de Río Negro ordenó indemnizar a un trabajador del Servicio Forestal Andino que se accidentó cortando madera con una motosierra. Le reconocieron un 25% de incapacidad

La Cámara Laboral de Bariloche condenó a aseguradora a indemnizar con más de $700.000 a un trabajador que sufrió un accidente de trabajo mientras cumplía funciones en el Servicio Forestal Andino.

El Tribunal integrado por Marina Venerandi, Juan Lagomarsino y Rubén Marigo determinó que el denunciante padece una incapacidad laboral parcial y definitiva del 24.48 % como consecuencia del accidente que sufrió mientras cortaba madera y al manipular un rollizo de grandes dimensiones, el peso lo venció, provocando la caída de manera contundente del trozo de madera sobre su mano, cortando el tendón del dedo mayor de la mano derecha.

Si bien cuando el trabajado realizó la denuncia, desde la ART le brindaron las prestaciones correspondientes pero enseguida le dictaron el cese de prestaciones y alta sin evaluar ni reconocer la  incapacidad. La empresa consideró que no se había agotado la vía administrativa.

Para decidir, los jueces tuvieron en cuenta la pericia médica que demostró la existencia de la relación de causalidad medico-legal, tanto etiológica, topográfica y cronológica que genera la incapacidad sobreviniente del 24,48 %, como consecuencia de la ruptura traumática de la cuerda tendinosa del flexor del tercer dedo.

El demandante se desempeñaba en la categoría "Servicio de Apoyo", con más de 10 años de antigüedad por recibo de sueldo y previo lo hizo como contratado, por lo que sumó una antigüedad total de 30 años, factor clave para los camaristas a la hora de calcular la indemnización.

Si bien cuando el trabajado realizó la denuncia, desde la ART le brindaron las prestaciones correspondientes pero enseguida le dictaron el cese de prestaciones y alta sin evaluar ni reconocer la  incapacidad. La empresa consideró que no se había agotado la vía administrativa.

Por todo lo expuesto, los magistrados condenaron a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo "Horizonte" a abonar la indemnización pertinente en concepto de capital e intereses provisorios  y rechazó la excepción de cosa juzgada interpuesta por la misma.

 


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