26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Cromañón, la herida que no cicatriza

El Gobierno de la Ciudad deberá indemnizar a una víctima de Cromañón por daño moral. En el fallo, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo hincapié en el "recuerdo doloroso" del hecho.

El Gobierno porteño deberá indemnizar a una víctima del trágico incendio sucedido el 30 de diciembre de 2004 en la discoteca “República de Cromañón”, que dejó un saldo de 194 muertos y más de mil heridos. Así lo resolvió la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal al rechazar el recurso de apelación del Gobierno de la Ciudad y confirmar la sentencia de grado, con costas.

La causa tramitó en los autos “A.H. D. c/ GCBA y otros s/Daños y Perjuicios” a raíz de la demanda interpuesta por una víctima de la tragedia de Cromañón, ocurrida durante un recital de la banda de rock Callejeros.

El demandante, en calidad de damnificado por las lesiones físicas y psíquicas, argumentó la presunta falta de servicio en la que habrían incurrido tanto el Estado Nacional como el Estado local, que derivó en un “cúmulo de acciones y omisiones de distintos órganos de aquéllos que contribuyeron en la consumación del resultado dañoso”.

En el caso, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal 9 hizo lugar, parcialmente, a la demanda entablada por el damnificado y, en consecuencia, condenó al Estado Nacional y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a indemnizar al accionante con la suma de $205.700 en concepto de daño moral y reintegro de gastos médicos.

La causa llegó a la Sala III, integrada por Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández, mediante los recursos de apelación interpuestos por el Gobierno porteño y el Estado Nacional.

En primer lugar, los jueces analizaron la excepción de prescripción opuesta por el Estado Nacional. Puntualmente, señalaron que el dañoso ocurrió el 30 de diciembre de 2004 y que el actor recién amplió su demanda contra el Estado Nacional el 24 de julio de 2008, cuando “había operado la prescripción de la acción”. Por ello, la Cámara rechazó la demanda dirigida contra dicha codemandada.

No obstante, el Tribunal de Alzada rechazó el agravio del Gobierno de la Ciudad por el monto otorgado en concepto de daño moral y, en consecuencia, confirmó la sentencia de grado.

“No puede desconocerse, por ser un hecho de público y notorio, que el incendio acaecido en la noche del 30 de diciembre de 2004 en el boliche ´República de Cromañón´ de la Ciudad una verdadera tragedia susceptible de ocasionar por sí misma una indudable perturbación anímica en el Sr. H. A. que se encontraba en el lugar, independientemente de que le hayan quedado secuelas físicas o psíquica”, advirtió el fallo.

Los camaristas concluyeron que “cualquier persona que va a presenciar un espectáculo en un local que se incendia por la actitud dolosa o culposa de diversas personas, ocasionando 194 muertos y más de mil heridos, se ve indudablemente afectado en su espíritu, no solo por haber tenido que presenciar el hecho y ver puesto en riesgo su vida, sino por el recuerdo doloroso que se imprime en la memoria”.



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