26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Justicia con perspectiva cultural

En Neuquén, se llevó a cabo el primer juicio con un tribunal intercultural: la mitad de sus integrantes eran de la comunidad mapuche de la provincia. ¿En qué cambia esta integración que provocó que las miradas de la academia judicial internacional se posen sobre nuestro país?

Por:
Santiago Pérez
Por:
Santiago Pérez

Resistencia. Muchos pueblos originarios de todos los puntos de Argentina conocen el significado de esa palabra por más de un motivo: por aprenderla, por herencia y por apropiación. Sus formas de resistir ante el embate de grandes corporaciones que ponen bajo amenaza sus recursos (y los de todos los habitantes del país) no son diferentes de las que se han utilizado en las organizaciones de trabajadores. Pero sin embargo, ante los ojos de la Justicia, no se encuentran en las mismas condiciones.

En muchas ocasiones, las dificultades culturales como el idioma o la falta de integración a un sistema político y administrativo con el cual no comulgan, hacen que la distancia entre la Justicia y su perspectiva sea enorme. Es por eso que muchos integrantes del mundo del Derecho ven la constitución de jurados interculturales como un avance en este sentido.

La integrante de la comunidad mapuche de Neuquén, Relmu Ñanku, fue juzgada por uno de estos jurados mixto en lo que constituyó el primer precedente en América Latina en este sentido, lo que a su vez provocó que las miradas de juristas de todo el mundo se posen sobre nuestro país.

Con una integración de seis mapuches y seis integrantes de la sociedad civil, la mujer recibió un veredicto en su contra por daño simple. En principio, podría parecer un pronunciamiento desfavorable, pero la mujer había sido acusada originalmente por el delito de tentativa de homicidio. Todo se originó cuando, al bloquear un establecimiento petrolero, arrojó una piedra contra una oficial de Justicia, rompiéndole el tabique y generando la posterior acusación de parte de la fiscalía.

La fiscalía no logró sostener su acusación: la falta de testigos, un argumento endeble y otras fallas hicieron que los miembros del jurado decidieran, por ocho votos contra cuatro, dar un veredicto diferente y atenuar muchísimo la pena solicitada por los integrantes del Ministerio Público. Como una curiosidad, en Neuquén no hacen falta los votos unánimes de parte del jurado para absolver o condenar a una persona.

El abogado de Relmu, Darío Kosovsky, en diálogo con DiarioJudicial.com, se mostró contento por la sentencia pero explicó que hay muchas personas que hacen una lectura errónea de la integración intercultural de un jurado: “Siempre pensamos que un jurado era la mejor forma de llevar el caso, porque es la más democrática. Lo que venimos sosteniendo es que pensar que esta integración es más beneficiosa es racista y prejuicioso, porque lo contrario sería pensar que un tribunal criollo tendría que condenar por unanimidad”.

El letrado añadió que “entendíamos que el jurado podía tener más razonabilidad que jueces técnicos, no por desmerecerlos, pero este caso importaba entender un caso mucho más grande que las meras lesiones o la conducta de tirar una piedra. Y tal vez un tribunal técnico hubiese sido reacio a que se permita dilucidar la totalidad del conflicto de las partes en un debate”.

El representante de Relmu señaló que el jurado permitió que se pudiera ver la totalidad de la escena y del contexto en el que ocurrió el hecho y no solo “la foto”, que era lo que pretendía la fiscalía. Entendió que era un problema mucho mayor, “de muchos años, donde una empresa petrolera actuó en connivencia con el Estado”.

También señaló que no tiene la certeza de que la integración con mapuches en el jurado pudiera beneficiar a la integrante de la comunidad: “El conocimiento de la conflictividad propia de Neuquén y de la conformación de las comunidades también es parte de una historia de abasallamiento y colonización. Hay muchos miembros de comunidades que están agradecidos con las petroleras por las migajas que les dan por destruir su cultura. No se genera una consciencia totalmente crítica ante una situación como la de este caso”, opinó.

Como contrapartida, Andrés Harfuch, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y especialista en temas de jurados, sí ve un avance muy grande en la integración pluricultural de los jurados: “Suma al concepto de nación conjunta con el mundo; es un jurado que está llamando poderosamente la atención en el mundo, sobre todo a los grandes académicos del Common Law. Es una garantía para los acusados y también para el resguardo de las víctimas que son los participantes no estatales del proceso”.

El abogado afirmó que “muchas veces, los jueces vienen de clases medias y medias altas, tienen formación académica muy avanzada y terminan juzgando a clases más bajas de las cuales no tienen conocimiento; no comprenden sus métodos ni saben acerca de sus consumos culturales. Entonces esto viene a reforzar el impulso que se dio en este sentido con la llegada de los jurados”.

“El jurado tiene una formación muchísimo más rica en este sentido, con una conformación pluricultural. En Estados Unidos y otros países existen graves problemas de racismo. Hay jurados con muy bajo nivel de representación de minorías”, señaló el abogado.

Harfuch aseveró que la ley neuquina y la de Chaco precisan que, en casos donde estén involucradas comunidades de pueblos orignarios, la mitad del jurado debe ser integrado por miembros de esa comunidad: “Esto acerca al juzgador a la imparcialidad; además de que los integrantes del jurado deben pasar un filtro, fundamentalmente se asegura que conozcan bien la cultura, la circunstancia y el modo de los acusados”.

Al mismo tiempo, coincidió con el abogado de Relmu al afirmar que “no creo que haya recibido una pena mucho menor por la integración del jurado. La orfandad probatoria de la fiscalía fue notoria. Pero esta conformación sí sirve para que se integre a las minorías que siempre fueron degradadas y no reconocidas por el sistema de Justicia”.


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