17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Sudáfrica: el Parlamento aprobó los matrimonios gays

Con esa finalidad modificó la ley sobre uniones civiles que el año pasado había sido declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional. Ahora resta que sea aprobada por el Consejo Nacional de Provincias para que Sudáfrica sea el primer país de ese continente en aceptar las uniones entre personas del mismo sexo.

 
Sudáfrica quedó a un paso de convertirse en un nuevo país del mundo en aceptar los matrimonios y las uniones civiles entre personas del mismo sexo y el primero de ese continente. El parlamento de ese país aprobó este martes una modificación legislativa que permite los matrimonios gays.

Ahora resta que la decisión sea ratificada por el Consejo Nacional de Provincias. El 1 de diciembre vence el plazo legal para modificar la legislación. El Tribunal Constitucional había declarado en diciembre del año pasado la inconstitucionalidad de la Ley de Uniones Civiles.

“Para poner en vigor la decisión del Tribunal Constitucional, se deben permitir a las parejas del mismo sexo casarse para que puedan beneficiarse del estatus, de las obligaciones y de los derechos de las parejas de sexos distintos”, dijo la ministra del Interior, Nosiviwe Mapisa, según reprodujo el sitio de internet Terra.

“Nunca más en Sudáfrica debe haber discriminación en cuanto al color, la religión, la cultura y el sexo”, manifestó Mapisa. La funcionaria agregó que la reforma de la Constitución en 1996 “reconoce el compromiso de que, en nuestra nación, el noble principio de la igualdad debe ser la piedra angular de la sociedad que queremos construir”.

De aprobarse la reforma Sudáfrica se sumaría a la lista de países que permiten los matrimonios entre personas del mismo sexo. Ya legislaron en ese sentido Holanda, Bélgica, España y Canadá.

Con la nueva ley las personas del mismo sexo mayores de 18 años podrán registrarse como matrimonios o como uniones civiles. Los matrimonios se concretarán en los juzgados civiles o ante oficiantes religiosos que permitan esta clase de uniones.



dju / dju
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