17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Cambios normativos en el órgano de control

IGJ: nueva inscripción de sociedades

La Inspección General de Justicia estableció que las sociedades comerciales deberán presentar una copia protocolar de los dictámenes de precalificación junto a los demás requerimientos para la inscripción en el organismo. Así, sus datos "quedarán mejor resguardados".

 

Frente a una eventual sustracción, extravío o deterioro de los expedientes presentados por las sociedades comerciales ante la Inspección General de Justicia (IGJ), y la, también eventual, necesidad de esos datos de parte de un tribunal, el organismo decidió emitir su resolución 05/2012.

“Este organismo ha advertido la necesidad de solicitar copia simple de margen protocolar de los dictámenes de precalificación a los fines de su inclusión, junto con la documentación inscripta, en los protocolos del organismo, a los efectos de contar con un mayor resguardo de la información contenida en los citados dictámenes”, precisa el texto de la nueva normativa.

Según consignaron en la iniciativa firmada por el titular del órgano estatal, Marcelo Mamberto, las copias solicitadas no tendrán el carácter de documentos registrales, sino que estarán “encuadradas en el régimen informativo del organismo, conforme lo dispuesto por el artículo seis de la Ley 22.315”.

Siguiendo este orden de ideas, los integrantes de la IGJ recordaron que en este sentido, el organismo creó por una resolución de febrero del año pasado la Comisión de Seguimiento de Aplicación de Criterios Uniformes.

El objetivo de la Comisión era “adecuar y uniformar los criterios de interpretación de las áreas encargadas de realizar el control de legalidad de los actos que se inscriben en el organismo”.

También remarcaron el hecho de que la iniciativa fue realizada en conjunto y con la supervisión del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Capital Federal, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) y el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

Asimismo, trajeron a colación otros aspectos contemplados en una resolución de 2005: “Salvo disposición que requiera un mayor número de ejemplares, el documento registrable debe acompañarse en su original o primer testimonio, una copia de tamaño normal y una copia de margen protocolar”.
 



dju

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