31 de Octubre de 2024
Edición 7082 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/11/2024

La IGJ también contra el lavado

La Inspección General de Justicia estableció la obligatoriedad de presentar la declaración jurada para Asociaciones Civiles y fundaciones que reciban donaciones de terceros y a Sociedades de Capitalización y Ahorro. También estableció el plazo para impulsar los trámites precalificados.

 

Mediante tres resoluciones generales, la Inspección General de Justicia (IGJ) estableció la obligatoriedad de presentar la declaración jurada a asociaciones civiles y fundaciones que reciban donaciones de terceros y a sociedades de capitalización y ahorro; y estableció el plazo para impulsar los trámites precalificados.

Se trata de las resoluciones 1, 2 y 3 de este año, que fueron publicadas en el Boletón Oficial de este martes, donde la IGJ establece pautas en diversas cuestiones. En primer lugar estableció que a partir del próximo 1 de marzo las asociaciones civiles y/o fundaciones que reciban donaciones o aportes de terceros deberán presentar una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos.

Ello siempre y cuando los montos de donación o aportes superen los 100 mil pesos o “el equivalente en especie en un solo acto o en varios actos que individualmente sean inferiores” a dicho monto “pero en conjunto superen esa cifra”.

En tanto que cuando los montos superen los 200 mil pesos, en uno o varios actos, “deberán presentar documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos”.

También deberán presentar una declaración jurada, de manera anual, las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras. La declaración que deben presentar es acerca de “la información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo”.

Tal declaración jurada, junto a la documentación respaldatoria, será presentada por estas sociedades a fines de mayo de cada año.

La última de las declaraciones juradas estableció el plazo para impulsar los trámites precalificados. Es que la IGJ “ha detectado la existencia de un gran número de trámites precalificados que, por la inacción en la que los presentantes incurren, quedan inconclusos y archivados con observaciones que no son subsanadas por los iniciadores”.

Por lo que fijó hasta el próximo 1 de junio el plazo para impulsar los trámites precalificados ante la IGJ “que a la fecha del dictado de la presente se encuentren inactivos por más de un año por falta de impulso de los presentantes”.< p>



dju

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