18 de Abril de 2024
Edición 6948 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/04/2024
La "revancha" viene con el Código Penal

¿Y ahora se viene la despenalización del aborto?

Luego del rechazo del Senado al proyecto de ley que buscaba la legalización del aborto en la Argentina, el Poder Ejecutivo de la Nación confirmó que incluirá la despenalización de la práctica en la reforma del Código Penal. 

Por:
Cindy Monzón
Por:
Cindy Monzón

Luego del rechazo por mayoría en el Senado de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), el Poder Ejecutivo adelantó hoy que antes de fin de mes se presentará el proyecto de reforma al Código Penal, que incluirá un capítulo sobre la despenalización del aborto.

Marcos Peña explicó que el próximo 21 de agosto se presentará en el Congreso el proyecto de reforma, elaborado por una comisión especial, presidida el camarista de Casación Penal Mariano Borinsky, y señaló que “hace casi 100 años que no se actualiza integralmente” esta legislación, lo cual consideró “es algo necesario y que va generar lógicamente muchas discusiones”.

 

El anteproyecto propone que la despenalización de la mujer que se somete a un aborto quede a criterio de un juez, aunque la asistencia médica garantizada por parte del Estado quedaría limitada a los casos de violación y riesgo de vida de la mujer, como la actual legislación.

 

Por su parte, el ministro de justicia, Germán Garavano, para evitar la discusión alrededor de la discrecionalidad de los jueces, propuso directamente levantar el castigo a las mujeres que desean acceder a esta práctica.

Los magistrados que trabajaron en la propuesta de la despenalización del aborto buscaron un equilibrio que contemple todos los derechos constitucionales en juego, como el derecho a la vida y el derecho a la libre disponibilidad del cuerpo de la mujer y a su autonomía personal.

De esta manera, en caso que se apruebe por el Congreso de la Nación, el aborto continuaría siendo un delito, pero con más excepciones que en la actualidad. La modificación central es declarar no punible a la mujer que cause su propio aborto o consienta que otro se lo practique.

Si bien continuará siendo delito, no se podrá encarcelar a las mujeres por la práctica del aborto y se introducirá otra modificación central que establece que cualquier mujer puede interrumpir su embarazo en caso de que este provenga de un abuso sexual. 

Según las cifras oficiales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, entre 2007 y 2016 fueron condenadas 63 personas por distintos tipos de delitos relacionados con el aborto.

El anteproyecto propone que la despenalización de la mujer que se somete a un aborto quede a criterio de un juez, aunque la asistencia médica garantizada por parte del Estado quedaría limitada a los casos de violación y riesgo de vida de la mujer, como la actual legislación.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486