28 de Marzo de 2024
Edición 6936 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/04/2024
Arbitraje Comercial Internacional

El arbitraje que faltaba

La Cámara de Diputados aprobó la Ley de Arbitraje Comercial Internacional. La normativa busca dotar de seguridad jurídica y brindar un marco legal para la cooperación y resolución de conflictos comerciales entre empresas argentinas y extranjeras.

La Cámara de Diputados de la Nación dio sanción definitiva a la Ley de Arbitraje Comercial Internacional.  La norma busca brindar un marco legal para la “cooperación y resolución de conflictos comerciales internacionales, controlando todas las etapas del proceso arbitral y en consonancia con los principios mundiales de esta práctica”.

“La aprobación de la ley de arbitraje es un hito fundamental en el fortalecimiento de la institucionalidad, la previsibilidad y solución de controversias rápidamente y con un bajo costo. Esto contribuye decididamente al progreso de la sociedad y al desarrollo económico y social”, explicó el ministro de Justicia, Germán Garavano.

El texto, que tuvo media sanción en el Senado en septiembre de 2017, tiene como base a la Ley Modelo sobre Arbitraje Comercial Internacional de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI). La nueva normativa prevé que las partes podrán resolver sus potenciales conflictos ante un tribunal arbitral en la Argentina, además de nombrar a los árbitros y la sede arbitral.

 

"Ubicará al país dentro de los países respetuosos de la seguridad jurídica, lo que permitirá, a su vez, a los inversores extranjeros contar con una herramienta fundamental (…)”, sostiene el texto impulsado por el Gobierno nacional.

 

Según sus fundamentos, el proyecto “responde a la necesidad de dotar de un marco normativo para el arbitraje comercial internacional”, al cual se recurre “cuando las empresas han agotado sus posibilidades de negociación respecto a una disputa comercial”.

La Argentina no contaba con una normativa de este tipo, que rige en países como Brasil, Chile, Paraguay, Perú, Colombia, Ecuador y España, entre otros. "Ubicará al país dentro de los países respetuosos de la seguridad jurídica, lo que permitirá, a su vez, a los inversores extranjeros contar con una herramienta fundamental (…)”, sostiene el texto impulsado por el Gobierno Nacional.

“La legislación sobre arbitraje, contenida de manera fragmentada en el Código Civil y Comercial de la Nación y en los Códigos Procesales, pensada para arbitrajes puramente domésticos, no responde a la realidad ni satisface las expectativas de las partes en un arbitraje internacional, que requiere reglas particulares y adaptadas a las que rigen en otras partes del mundo”, agregó.

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