19 de Abril de 2024
Edición 6949 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/04/2024

El Colegio de Abogados y Procuradores de Salta rechazó el proyecto de "sucesiones notariales"

El Colegio de Abogados y Procuradores de Salta manifestó su oposición y rechazó el proyecto que propone instaurar las llamadas "sucesiones notariales", pretendiendo "despojar la función judicial en materia sucesoria, y modificar el proceso sucesorio actual regulado en el Código Civil y Comercial de la Nación en los aspectos sustanciales, y en los formales en los Códigos Procesales de cada Provincia". La entidad esgrimió que al proponer “regular la sucesión notarial mediante la determinación de los herederos o legatarios formalizada por acta de notoriedad extendida en protocolo de Registro Notarial” el proyecto "resulta inconstitucional, siendo manifiestamente inviable ya que viola lo dispuesto por los artículos artículos 1, 16, 18, 75 inciso 12, 108,116 y 121 y concordantes de la Constitución Nacional Argentina". También advirtieron que "se afecta el principio de Juez natural al otorgar al notario potestades adjudicadas a la administración de justicia; y que se vulnera las facultades reservadas a las provincias de dictar los códigos de forma, afectando el debido proceso y la defensa en juicio al despojar a las futuras sucesiones de garantías jurídicas suficientes".


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486