18 de Abril de 2024
Edición 6948 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/04/2024

No te vas si te fijaron indagatoria

La Cámara Federal de Mendoza rechazó la solicitud de un hombre que se encuentra bajo investigación judicial para salir del país. El hombre pidió salir durante dos meses y tenía fijada fecha de indagatoria.

En la causa “INCIDENTE DE AUTORIZACIÓN DE SALIDA DE V.F.A. S/ASOCIACIÓN ILÍCITA Y OTROS”, la Sala de Feria de la Cámara Federal de Mendoza dispuso rechazar el pedido de autorización de salida del país por parte del imputado

El accionante apeló la sentencia de grado quejándose de la prohibición de un derecho legal, constitucional y convencional: libertad de salir del país con su hijo   menor   de   edad,   la   inexistencia   de   riesgos   procesales   y   la arbitrariedad del temperamento puesto en crisis.

Sin embargo, la Sala de Feria confirmó lo resuelto en primera instancia alegando que “el delito por el que está imputado V. es grave y que ha sido cometido en un contexto delictivo que no podemos pasar por alto al momento de afirmar que este se someterá al proceso”.

 

“En   efecto,   si   bien   prima   el   principio   de   inocencia,   no   puede desconocerse el deber de sometimiento del sindicado V. a la presente causa, en la cual, como dije, ya se encuentra fijada fecha de audiencia para prestar   declaración   indagatoria”

 

“En   este   sentido   debemos   valorar,   por   un   lado,  la   extensión (aproximadamente 2 meses) y por otro el motivo del viaje (competencias deportivas de su hijo) extremos que no guardan relación con la gravedad y la complejidad de los hechos investigados en los autos principales, cuyo curso normal se vería entorpecido de hacer lugar a la autorización bajo estudio, ello dado que, debería postergarse –por más de un mes la realización de la audiencia indagatoria del imputado, la cual ya se encuentra fijada para el día 1 de febrero de 2022 (v. fs. 3161)” afirmaron los jueces. 

“En   efecto,   si   bien   prima   el   principio   de   inocencia,   no   puede desconocerse el deber de sometimiento del sindicado V.a la presente causa, en la cual, como dije, ya se encuentra fijada fecha de audiencia para prestar   declaración   indagatoria” concluye la sentencia. 


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