27 de Marzo de 2024
Edición 6935 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/03/2024
Vigencia del fallo "Schiffrin"

Otro revés para Catucci

La justicia federal confirmó la sentencia que rechazó el pedido de la jueza de Casación para permanencer en su cargo más allá de los 75 años de edad. Los camaristas explicaron que necesita un nuevo acuerdo entre el Poder Ejecutivo y el Senado de la Nación. 

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que rechazó el pedido cautelar de la jueza de la Cámara Federal de Casación Penal, Liliana Catucci, de permanecer en su puesto en el Máximo Tribunal Penal, a pesar de haber cumplido los 75 años de edad. El fallo se dictó en la causa " Catucci, Liliana Elena c/ EN-M de Justicia y DDHH - art. 99 CN inc/ Medida cautelar"
 

El Tribunal integrado por Sergio Fernández y Carlos Grecco ponderó el pronunciamiento de la Corte Suprema en la causa “Schiffrin” y rechazó los argumentos de Catucci que remarcó que "dedicó cincuenta años de su vida al servicio del Poder Judicial de la Nación, y que su propósito siempre fue mantenerse en funciones mientras dure su buena conducta conforme la garantía de inamovilidad vitalicia que nuestra Constitución Nacional dispone para los jueces de la Nación, así como mientras su salud se lo permita".

El fallo destacó lo dicho en primera instancia: el límite de edad modifica únicamente el carácter vitalicio del cargo, pero no la garantía de inamovilidad de los jueces.

Al respecto, los jueces explicaron que, si bien la Corte Suprema sólo decide en los procesos concretos que le son sometidos, y su fallo no resulta obligatorio para casos análogos, los jueces inferiores tienen el deber de conformar sus decisiones.

"Emana la consecuencia de que carecen de fundamento las sentencias de los tribunales inferiores que se apartan de los precedentes de la Corte sin aportar nuevos argumentos que justifiquen modificar la posición sentada por el tribunal, en su carácter de intérprete supremo de la Constitución Nacional y de las leyes dictadas en su consecuencia", agregaron los magistrados.

"Atento la claridad con la que el Alto Tribunal en la causa “Schiffrin” ha admitido la validez y otorgado carácter operativo a la norma constitucional en juego, sin efectuar una discriminación entre aquellos magistrados designados con anterioridad o posterioridad a la reforma de 1994, la medida cautelar requerida no puede ser admitida por no constatarse en la actualidad la verosimilitud del derecho invocado", finalizaron.

 

 


Aparecen en esta nota:
Catucci jubilación 75 años jueza

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