19 de Abril de 2024
Edición 6949 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/04/2024

Cupo Trans enla Justicia de Mendoza

En línea con la  Ley 26.743, la Procuración General de Mendoza determinó que las personas trans puedan integrar la planta del personal no menor al 1%. Podrán inscribirse mediante un formulario disponible en la web del organismo

A través de la Resolución N° 274/2021 el Procurador General, Alejandro Gullé, dispuso que las personas Travestis, Transexuales y Transgénero puedan integrar la planta de personal un cupo no inferior al 1%. La inscripción puede realizarse mediante un  formulario a través de la web del organismo.

Mediante la Ley 26.743, a la cual adhirió la provincia de Mendoza mediante Ley N° 8.714, se reconoció el derecho de toda persona a su identidad de género y a desarrollarse libremente.

 

En esa línea el Procurador entendió que para lograr "una efectiva inclusión", es necesario que la normativa interna sea interpretada considerando las características particulares que posee dicho colectivo.

 

"Esta procuración general entiende que a pesar de los avances normativos, las personas Travestis, Transexuales y Transgénero no tienen un efectivo goce del derecho a la salud, a la educación, a una vivienda digna, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, así como tampoco protección frente al desempleo sin discriminación alguna" afirma el texto.

En esa línea el Procurador entendió que para lograr "una efectiva inclusión", es necesario que la normativa interna sea interpretada considerando las características particulares que posee dicho colectivo.

"Una interpretación acorde con la normativa internacional y los compromisos internacionales asumidos por el Estado Nacional evidencia la necesidad de que el Estatuto del Empleado Público deba aplicarse de manera que incluya la posibilidad de que las personas Travestis, Transexuales y Transgénero puedan acceder al Empleo Público y, por tanto, ejercer su derecho al trabajo" sostiene la resolución

Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486