27 de Marzo de 2024
Edición 6935 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/03/2024

Los gastos del teletrabajo

Representantes de la UEJN y del SITRAJU-RA reclamaron que se compensen a los trabajadores todos los gastos generados por el teletrabajo. Alrededor de 7 mil empleados y funcionarios se encuentran afectados a la nueva modalidad.

Las entidades gremiales le solicitaron al Consejo de la Magistratura de la Nación que se compensen los gastos generados por el teletrabajo. El reclamo incluye los desembolsos generados por el consumo de conexión a Internet, telefonía, luz y gas, como también el equipamiento que se deprecia y rompe por su utilización.

El pedido se dio en el marco de una reunión conjunta de la Comisión de Reglamentación y de la Comisión de Administración y Financiera. Durante el encuentro virtual, los consejeros escucharon a los representes de la Unión de Empleados Judiciales de la Nación (UEJN) y del Sindicato de Trabajadores Judiciales de la República Argentina (SITRAJU-RA).

Marieta Urueña Russo, secretaria general del SITRAJU-RA, fue la primera en exponer sobre la problemática y manifestó que los trabajadores judiciales debieron “soportar económicamente” todos los gastos generados desde el comienzo de la pandemia.

La secretaria gremial afirmó que los afiliados pusieron a disposición “su casa, espacios, computadoras, celulares, luz, servicio de telefonía e Internet”. Advirtió, en este sentido, que propios judiciales debieron realizar inversiones como, por ejemplo, ampliar la red de Internet o comprar una computadora.

Según datos oficiales, alrededor de 7 mil trabajadores se encuentran afectados a la modalidad de teletrabajo. “Tuvimos que adaptar nuestros recursos personales y ponerlos a disposición de la administración de justicia. Somos quienes nos hacemos cargo de estos elementos cuando se rompen por el uso”, explicó.

“Entendemos que corresponde proveer los elementos necesarios para que los judiciales puedan realizar el teletrabajo o bien compensar los gastos que demanda la utilización de los elementos personales y en este sentido, incluir también los gastos de depreciación que se generan por el uso”, advirtió en su exposición.

También recordó la nueva ley 27.555 de teletrabajo, sancionada por el Congreso, establece que el empleador debe proveer el equipamiento y herramientas para el desempeño de las tareas y, además, asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación o compensar al trabajador por el uso de herramientas propias.

La nueva forma de trabajo se impuso en el Poder Judicial tras la declaración de la emergencia sanitaria como una medida para evitar los contagios y reducir la circulación de personas en las dependencias. Cabe recordar que el Consejo de la Magistratura aprobó una reglamentación al respecto, a la cual muchas Cámara nacionales y federales del país ya adhirieron.

Mara Fernández, secretaria gremial de la UEJN, señaló que los trabajadores debieron “solventar el funcionamiento de la justicia con su propio salario”, y añadió: “Esto requiere de parte de las máximas autoridades del Poder Judicial una respuesta”.

 

Fernández destacó, asimismo, las dificultades a la hora de conjugar las tareas de cuidado con las tareas propias de la función judicial, como también las complicaciones que se generan por las reiteradas fallas del Sistema de Gestión de Expedientes, más conocido como Lex-100.

 

El gremio llevó adelante una encuesta a nivel nacional, la cual relevó que un 93,5% del universo de los trabajadores indagados nunca habían realizado trabajo remoto y tampoco tenían capacitación previa. Sólo un 19% prefiere esta modalidad, sobre un sistema presencial y mixto. “La mayoría son aquellas personas que no tienen a su cargo tareas de cuidado”, expresó.

En concreto, la representante de la UEJN denunció vulneraciones al "derecho a la desconexión" y la prolongación de la jornada laboral. Fernández destacó, asimismo, las dificultades a la hora de conjugar las tareas de cuidado con las tareas propias de la función judicial, como también las complicaciones que se generan por las reiteradas fallas del Sistema de Gestión de Expedientes, más conocido como Lex-100. 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Entrará en vigencia 90 días después de la finalización del ASPO.
Teletrabajo con aval legislativo
Las principales modificaciones
El teletrabajo ya es oficial

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486