24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024
Deber de protección a usuarios de servicios financieros

Un alto al phishing

En un caso de estafa por una cuenta falsa en Facebook, la Justicia de Mar del Plata ordenó al Banco Provincia no debitarle dinero de su caja de ahorros a una jubilada que fue víctima de una estafa y a quien solicitaron un préstamo en su nombre. 

En los autos "M., A. M. C/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)", la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata ordenó a la entidad bancaria que se abstenga de realizar cualquier débito de la caja de ahorros de la demandada que fue víctima de phishing.

La mujer relató que fue víctima de una estafa electrónica donde un tercero, mediante diversas maniobras, obtuvo sus datos de acceso a su banca electrónica y solicitó un crédito y un adelanto en su nombre. Por ese motivo, solicitó a la entidad que declare la nulidad de dichos pedidos y reclamó una indemnización por los daños y perjuicios que sufrió a raíz de la operatoria.

La estafa se produjo a través de una conversación vía Facebook entre la actora y un usuario que se hizo llamar "Banca Provincia" como consecuencia de una publicidad inserta en ese sitio por la supuesta entidad financiera. Luego continuó por WhatsApp, donde finalmente obtuvo los datos y solicitó un préstamo personal de $376.000, un adelanto de sueldo de sueldo por la suma de $13.000 y realizó una transferencia de $7.000.

Los miembros de la Cámara, Rubén Gérez y Nélida Zampini, explicaron que las cuotas que mensualmente derivan del préstamo se aproximan a $20.000 mensuales mientras que los haberes que percibe como jubilada ascienden a $45.000 mensuales, por lo tanto la "indisponibilidad" de un porcentaje importante de sus ingresos resulta una afectación irreparable en el derecho de propiedad.

En ese sentido, los jueces sostuvieron que "entre la vulnerabilidad estándar del consumidor y las condiciones o situaciones en que se encuentran grupos de personas vulnerables como en el presente caso en relación a la condición de 'adulto mayor' de la actora, permite identificar en el derecho del consumidor una categoría que requiere especial protección vinculada de manera directa con la aplicación de los derechos fundamentales a las relaciones de consumo".

Agregaron al respecto que la última resolución del Banco Central sostiene que "los usuarios de servicios financieros tienen derecho, en toda relación de consumo, a: -la protección de su seguridad e intereses económicos; -recibir información clara, suficiente, veraz y de facil acceso y visibilidad acerca de los productos y/o servicios que contraten - incluyendo sus términos y condiciones- , así como copia de los instrumentos que suscriban; -la libertad de elección; y -condiciones de trato equitativo y digno".

Por lo expuesto, los camaristas resolvieron ordenar al Banco Provincia a no realizar ningún débito por el préstamo otorgado y devolverle el total de la cantidad del dinero que fue retenido y sustraído.

 

 

 

 

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