19 de Abril de 2024
Edición 6949 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/04/2024

A renovar la firma digital

La Corte bonaerense dispuso la implementación de un software para la renovación autogestionada de los certificados de firma digital de los magistrados, funcionarios y agentes de la Administración de Justicia hasta el 22 de octubre.

A través de la Resolución de Presidencia Nº 224/20, la Corte bonaerense dispuso la implementación del software propuesto por la Autoridad Certificante de Firma Digital ONTI, a los fines de la renovación autogestionada de los certificados de firma digital de los magistrados, funcionarios y agentes de la Administración de Justicia hasta el 22 de octubre del corriente.

La disposición, suscripta por el titular del Alto Cuerpo, Daniel Soria, se adoptó con motivo del vencimiento masivo de certificados de firma digital y frente a las actuales limitaciones de concurrencia física ante las Autoridades de Registro del Poder Judicial, en virtud de la emergencia sanitaria vigente.

La ONTI pondrá a disposición un software dirigido a que todos los usuarios cuyos vencimientos operen en la fecha mencionada en el párrafo anterior puedan renovar sus certificados de forma autogestionada con dicho aplicativo y su dispositivo criptográfico (Token) conectado, ya sea desde su puesto de trabajo remoto o de un equipo externo al Poder Judicial.

La firma digital comenzó a regir el 27 de abril y su reglamento especifica que las resoluciones y sentencias serán rubricadas digitalmente, salvo circustancias graves y excepcionales, o la naturaleza del trámite lo impida, en cuyo caso podrán ser suscriptas ológrafamente, acompañadas de sello o letra imprenta. 

Las mismas se tendrán por firmadas en la fecha y hora que registre el sistema informático. Para los tribunales colegiados, que requieran la firma de dos o más jueces, se tendrán por confeccionados en la fecha y hora de la firma del último, o del secretario si correspondiere.

Los Sistemas de Gestión Judicial contendrán un mecanismo electrónico de registro de todas las sentencias definitivas, interlocutorias con fuerza y de las regulaciones de honorarios, aún cuando se encuentre incluídas en actos anteriores.

Asimismo, las sentencias y resoluciones podrán ser firmadas todos los días hábiles, en hora hábil o inhábil. Como excepción, podrán firmarse fuera de la sede o asiento físico de los despachos oficiales.

La ONTI pondrá a disposición un software dirigido a que todos los usuarios cuyos vencimientos operen en la fecha mencionada en el párrafo anterior puedan renovar sus certificados de forma autogestionada con dicho aplicativo y su dispositivo criptográfico (Token) conectado, ya sea desde su puesto de trabajo remoto o de un equipo externo al Poder Judicial.

 

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486