28 de Marzo de 2024
Edición 6936 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/04/2024
Amparo de la AGN

La información pública no se oculta

Un nuevo fallo judicial ordenó a la Oficina Anticorrupción (OA) a entregar información sobre las denuncias realizadas y recibidas, y su estado entre los años 2016 y 2018.

En los autos “AUDITORIA GENERAL DE LA NACIÓN c/ EN- M JUSTICIA -OFICINA ANTICORRUPCION s/ AMPARO POR MORA”, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó una sentencia que hizo lugar a la denuncia de la AGN y condenó al organismo dirigido por Laura Alonso a entregar información sobre su funcionamiento.

El Tribunal, integrado por Jorge Argento, Sergio Fernández y Carlos Grecco, rechazó la apelación de la OA y mandó a hacer público el listado de demandas presentadas ante la justicia y el listado de denuncias recibidas y su estado actual desde el 1° de enero de 2016 hasta el 30 de abril de 2018.

Además de entregar el estado de las denuncias, la oficina deberá publicar el listado de manuales de procedimientos o de guías de trabajo en uso, detallando el tema y el contenido respectivo. 

Los jueces resaltaron que la información requerida por la Auditoría General de la Nación podría encontrarse alcanzada por el deber de reserva, “tampoco acreditó tal circunstancia y, aún en ese supuesto, no hubiese resultado óbice a acceder a lo solicitado”. Agregaron que negar esta información impide a la demandante "el pleno ejercicio de sus facultades de contralor, asignadas de manera expresa en la Constitución. La auditoría en cuestión había sido ordenada además por el Congreso de la Nación".

 “Toda vez que la parte demandada no ha logrado enervar -mediante las argumentaciones intentadas- la existencia de excepción alguna que impidiera en el caso el acceso a la información solicitada por la Auditoría General de la Nación, ni que hubiese cumplido en forma adecuada y completa con el requerimiento efectuado por ésta, corresponde rechazar la apelación y confirmar la sentencia de primera instancia”, se detalla en la sentencia.

Por último, los camaristas resaltaron que "el derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos sobre las actividades de la Administración, y sobre los datos o documentos que ésta posee constituye una exigencia elemental del Estado democrático de Derecho y un derecho humano fundamental”.

Además de entregar el estado de las denuncias, la oficina deberá publicar el listado de manuales de procedimientos o de guías de trabajo en uso, detallando el tema y el contenido respectivo. 

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486