19 de Abril de 2024
Edición 6949 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/04/2024

Que la provincia provea cannabis

La Defensoría del Pueblo bonaerense promovió un amparo colectivo para que el Estado garantice el acceso a cannabis medicinal, en los términos de la Ley N° 27.350, a todas las personas que lo requieran.

El Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires promovió un amparo colectivo contra el Estado Nacional con el objeto de obtener una sentencia que “ordene a la demandada a suministrar al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a toda persona que requiera su uso para tratamiento de enfermedades en las que estas sustancias les fuesen prescriptas".

La acción solicita que sea provea la sustancia "a quienes se encuentren inscriptos en el Programa creado por la Ley 27.350, o bien bajo su cargo, a quienes no estando inscriptos en dicho programa, tuvieren como prescripción médica el uso de aceite de Cannabis y sus derivados, garantizando así la efectiva aplicación de la Ley N° 27.350 y Decreto Reglamentario 738/2017".

La demanda hace hincapié en la entrega del aceite a todas las personas que están registradas en el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis.

El texto presentado en la justicia sostiene que, a pesar de la sanción de la reseñada normativa, "el Estado Nacional incumple con las normas que permitirían acceder a los aceites en forma gratuita, toda vez que no está disponible el cannabis y sus derivados para ser utilizado. No se vislumbran a la fecha resultados del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis".

Asimismo, los laboratorios de producción pública de medicamentos nucleados en ANLAP, no están produciendo ni comercializando actualmente cannabis para uso medicinal, terapéutico y/o de investigación. Tampoco el INTA ni el CONICET se encuentran realizando tareas de investigación, toda vez que no cuentan con presupuesto asignado para tales fines, incumpliéndose de este modo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley.

"Dicha circunstancia y la demora en la implementación de las previsiones legales expone a las personas afectadas al riesgo concreto de sufrir un perjuicio todavía mayor en su salud, al ser privados de la materia prima con la que se podrían sostener los tratamientos que se le indican", detalla la presentación.

Finalmente, la pretenseión resalta que "la omisión en que incurre el Estado Nacional, es actual, generando riesgo en la salud o aun agravando las condiciones de salud de quienes requieren el Cannabis como tratamiento de sus patologías, y para una mejor calidad de vida”.

La demanda hace hincapié en la entrega del aceite a todas las personas que están registradas en el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis.

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