24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024

Salió de la concesionaria fallado

Una mujer adquirió una camioneta pero al recibir el vehículo, notó diversos desperfectos. La Justicia de Salta confirmó que las concesionarias deberán indemnizarla por daño moral. La condena fue ante el incumplimiento de brindar "un adecuado servicio técnico a la actora"

Dos concesionarias deberán pagar solidariamente la suma de 10 mil pesos a una mujer por la venta de una camioneta defectuosa. Así lo resolvió la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Salta en los autos “V., E. C. vs. S. S.A.; F. S.A. - Sumarísimo: Defensa del Consumidor”.

El Tribunal de Alzada, integrado por los jueces María Isabel Romero Lorenzo y José Gerardo Ruiz, rechazó la apelación de la mujer, quien solicitó la resolución del contrato de compra venta de un vehículo, o en su defecto, la entrega de un automóvil 0 km.

Según consta en la causa, la actora reclamó diversos desperfectos que sufrió la camioneta. El rodado presentó problemas en la luz de posición de la óptica derecha -el que fue solucionado por la concesionaria-, los levanta vidrios eléctricos de la puerta trasera izquierda y puerta delantera derecha, y ruidos para abrir y cerrar las puertas, percibiendo problemas con los burletes y bisagras de las mismas.

 

Sin embargo, los jueces rechazaron el pedido de indemnización adicional por daño punitivo y por privación de uso.

 

Los camaristas confirmaron acreditado el incumplimiento por parte de las accionadas en su deber de prestar un adecuado servicio técnico a la actora, como así también los desperfectos en el vehículo.

Puntualmente, ponderaron el tiempo que insumió para la actora obtener el reconocimiento por parte de las accionadas de las deficiencias en el rodado, lo que “generó malestar, incomodidad e inconvenientes en el disfrute del vehículo”.

Sin embargo, los jueces rechazaron el pedido de indemnización adicional por daño punitivo y por privación de uso. En su presentación, la actora sostuvo que el vehículo ingresó al taller en cinco oportunidades en los cuales éste permaneció desde primeras horas de la mañana hasta las últimas horas de la jornada, obligándolos a trasladarse en remis.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486