24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024

La justicia pone el ojo en la violencia obstétrica

El Ministerio Público de la Defensa emitió un informe donde advirtió que las mujeres privadas de su libertad son las más vulnerables a sufrir este tipo de violencia y pidió a las autoridades que tomen medidas alternativas al encierro para las embarazadas y presas con hijos pequeños.

Por:
Cindy Monzón
Por:
Cindy Monzón

“Parí como una condenada", es el título que eligió la Defensoría General de la Nación para crear consciencia sobre la violencia obstétrica que sufren las mujeres presas en Argentina en un informe elaborado en conjunto con la Procuración Penitenciaria de la Nación, la Defensoría del Pueblo de la Nación y la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires.

El estudio consistió en encuestas y entrevistas en unidades penitenciarias que alojan mujeres embarazadas o con hijos menores de cuatro años, a través de instrumentos de recolección de datos previamente diseñados. El objetivo fue indagar en las vivencias de las mujeres presas durante sus procesos reproductivos.

 

La violencia obstétrica es una modalidad particular de discriminación y de violencia de género que afecta de manera transversal al conjunto de las mujeres en el embarazo, el parto y el posparto. Las mujeres privadas de libertad, sin embargo, pueden sufrirla de una forma exacerbada, porque el encierro carcelario implica restricciones sustantivas para el goce de los derechos reconocidos y una mayor exposición a la violencia institucional.

 

El análisis muestra formas específicas de maltrato ejercidas por la institución penitenciaria y de salud, vinculadas de forma directa con la condición de mujer privada de su libertad y ratifica la necesidad de replantear la política criminal y penitenciaria actual respecto de las mujeres.

En ese sentido, el informe resalta que la forma más extrema de violencia detectada, tanto obstétrica como institucional, puede encontrarse en la dimensión de vigilancia y seguridad. "Es alarmante que en la actualidad se continúen aplicando medidas de sujeción sobre mujeres embarazadas, y más grave aún resulta su utilización durante los procesos de preparto y parto".

A modo de recomendaciones específicas, el informe subraya entre otras cosas, que debe capacitarse al personal judicial sobre la temática del parto respetado y garantizar el acceso a la justicia para las mujeres que son víctimas de violencia obstétrica; que el poder ejecutivo debe implementar políticas públicas que garanticen el acceso a los derechos reproductivos de las mujeres detenidas.

Asimismo, el Ministerio de Salud debe habilitar mecanismos para la recepción de denuncias por hechos de violencia obstétrica, así como impartir, dentro de los servicios penitenciarios, cursos de preparto a todas las mujeres; y que los servicios penitenciarios deben disponer de guardias obstétricas y pediátricas activas, y erradicar el uso de medidas de sujeción e inmovilización en mujeres próximas a dar a luz o que hayan dado a luz recientemente.

 

Datos y estadísticas

La gran mayoría de las mujeres encuestadas (94%), inició el trabajo de preparto en la unidad penitenciaria, y buena parte de ellas –casi el 76%- específicamente en su pabellón de alojamiento. El horario nocturno es identificado como un punto crítico para la atención de salud no sólo al momento del trabajo parto, sino también en relación con la atención médica de los/as niños/as que conviven con sus madres en prisión. Por otra parte, el 30% de las mujeres encuestadas en este estudio indicó haber sido atendida por un/a médico/a de una especialidad distinta a la obstetricia.

El 85% de las mujeres encuestadas manifestó haber experimentado durante el trabajo de parto realizado en el penal algún tipo de maltrato verbal de parte del personal penitenciario.

A ello debe sumarse la espera del móvil de traslado, que no siempre está disponible o no se encuentra en buen estado de mantenimiento. En el 15% de los casos las mujeres entrevistadas manifestaron que transcurrió entre media hora y una hora desde que se observó la necesidad de trasladarla al hospital hasta llegar al centro de salud, y en el 9% de los casos este período duró entre una y dos horas.

Si bien un 72,7% de las mujeres informaron que fueron conducidas a los hospitales en ambulancia, debe advertirse que el 18% mencionó que fueron transportadas en un camión de traslado y en el 6% de los casos restantes fueron trasladadas en otros móviles (como un patrullero o colectivo de visitas).

En casi la totalidad de los casos abordados en este estudio (97%), las mujeres fueron acompañadas por personal de seguridad y en el 54,5% fueron trasladadas con alguna medida de sujeción (18 de las 33 mujeres entrevistadas), ya sean esposas o “pateras” (esposas en las extremidades inferiores). Todas las mujeres de este último subgrupo estaban alojadas en la Unidad 33 de Los Hornos, provincia de Buenos Aires.

Por otro lado, en el 42,4% de los casos las mujeres refirieron no haber tenido privacidad; en el 75,8% de los casos se refirió la presencia de personal penitenciario. Los estándares internacionales indican que las medidas de seguridad deberían ser conducentes, razonables y lo menos restrictivas posibles. No deberían afectar el derecho a la intimidad, ni la dignidad de la mujer y el niño.

La violencia obstétrica es una modalidad particular de discriminación y de violencia de género que afecta de manera transversal al conjunto de las mujeres en el embarazo, el parto y el posparto. Las mujeres privadas de libertad, sin embargo, pueden sufrirla de una forma exacerbada, porque el encierro carcelario implica restricciones sustantivas para el goce de los derechos reconocidos y una mayor exposición a la violencia institucional.

 


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