27 de Marzo de 2024
Edición 6935 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/03/2024

El recupero de activos quedó en stand by

El Senado de la Nación decidió posponer dos semanas el debate de la Ley de Extinción de Dominio en busca de consenso con la oposición. Los diferentes bloques acordaron elaborar un proyecto en común para votarlo por unanimidad en el recinto.

Por:
Cindy Monzón
Por:
Cindy Monzón

Los diferentes bloques políticos del Senado acordaron hoy posponer dos semanas el dictamen de la Ley de Extinción de Dominio en busca de un acuerdo. Los grupos acordaron trabajar en un proyecto en común para votarlo por unanimidad en el recinto antes que pierda estado parlamentario.

Los senadores no estaban de acuerdo con el proyecto aprobado en Diputados y aceptaron la propuesta del legislador del PRO, Ernesto Martínez, quien expresó que “el proyecto que salga del Senado tiene que reunir los dos tercios, para no volver al disparate y al mamarracho" de la Cámara Baja.

 

El proyecto fue retomado en la agenda de los Senadores poco antes de perder estado parlamentario y las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Seguridad Interior volverán a reunirse el 7 de agosto con un proyecto consensuado y definitivo listo para la aprobación.

 

“El proyecto que viene de Diputados fue duramente cuestionado en las audiencias que tuvimos en Senado respecto de su legalidad, su constitucionalidad y su aplicabilidad en la práctica. Este es un proceso que no se puede aplicar indiscriminadamente a cualquier cosa, porque no es cuestión de bajarle los umbrales de garantías a los ciudadanos por cualquier motivo. Sí para atacar delitos complejos como narcotráfico o trata de personas”, señaló Federico Pinedo.

Por su parte, Miguel Ángel Pichetto, jefe del interbloque Argentina Federal, justificó la demora del tratamiento al sostener que “la ardua tarea llevada adelante en las redes por los trolls, tratando de distorsionar el debate”. “Este tema había que abordarlo con seriedad, no desde la demagogia punitiva. El proyecto de Diputados fue producto de un suceso muy especial que motivó una tarea acelerada”, añadió.

El objetivo principal de este proyecto de ley es "recuperar -y hacerlo rápidamente- bienes obtenidos por delincuentes a través de la corrupción, el lavado de dinero, el narcotráfico". La medida alcanza a inmuebles, vehículos, aeronaves y dinero que provengan de un delito, o que hayan sido utilizados para cometerlo. Asimismo, incluye bienes en el extranjero y aquellos que hayan sido abandonados en una huida.

El texto aprobado por la Cámara Baja establece que para determinar si se aplica la figura de la extinción de dominio de un bien, la investigación es llevada adelante por un fiscal, y es un juez civil y comercial con competencia federal el responsable de resolver la cuestión. Además, la figura prevista es aplicable en el fuero civil y autónoma e independiente del avance de la causa penal.

El proyecto también preve que la figura puede ser aplicable siempre que "exista la información suficiente y probable" de que los bienes provengan de actividades delictivas, o sean utilizadas para ellas.

El debate sobre su constitucionalidad es uno de los principales motivos por el cuál el proyecto se trabó en el Senado.Si bien el texto dice que "se garantiza el debido proceso y el derecho de defensa", durante las audiencias cuestionaron cuál es el grado de "probabilidad o sospecha" que se necesita para activar el proceso de extinción.

Desde el Poder Ejecutivo sostuvieron que "la extinción de dominio se aplica cuando la persona no puede justificar el origen del bien ilícito, y se presume que está vinculado a un delito. Tiene que haber suficiente prueba. Es un juicio en sí mismo en el que un juez civil resuelve con criterios establecido, y en el que están todas las garantías de defensa".

El proyecto fue retomado en la agenda de los Senadores poco antes de perder estado parlamentario y las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Seguridad Interior volverán a reunirse el 7 de agosto con un proyecto consensuado y definitivo listo para la aprobación.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486