27 de Marzo de 2024
Edición 6935 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/03/2024

¿Quién defiende a los niños?

A 11 años de la sanción de la Ley de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (26.061), distintas organizaciones de la sociedad civil se unieron para reclamar la designación de un Defensor del Niño. Tras numerosos pedidos, el Congreso de la Nación todavía no ha iniciado el proceso de designación.

Por:
Rita Lucca
Por:
Rita Lucca

Bajo el lema “Infancia en Deuda", un grupo de organizaciones impulsan una campaña para reclamar la designación del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. 

La Ley de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niñas y Adolescentes (26.061), promulgada el 21 de octubre de 2005, instauró un sistema de protección de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes del país. En este marco, se creó la figura del Defensor del Niño. Sin embargo, la Comisión Bicameral del Congreso de la Nación todavía no ha iniciado el proceso para su designación. 

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 47, la figura del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes “tendrá a su cargo velar por la protección y promoción de sus derechos consagrados en la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes nacionales”.

Entre sus funciones, el Defensor deberá “promover las acciones para la protección de los intereses difusos o colectivos relativos a las niñas, niños y adolescentes; interponer acciones para la protección de los derechos en cualquier juicio, instancia o tribunal; velar por el efectivo respeto a los derechos y garantías legales asegurados, promoviendo las medidas judiciales y extrajudiciales del caso”.

Además, la figura deberá “proporcionar asesoramiento de cualquier índole a las niñas, niños y adolescentes y a sus familias, a través de una organización adecuada; intervenir en la instancia de asesoramiento de mediación o conciliación; y recibir todo tipo de reclamo formulado o cualquier denuncia que se efectúe con relación a las niñas, niños y adolescentes”.

Según la normativa, el Defensor debía ser designado por el Congreso Nacional dentro de los “noventa días de sancionada la ley”. Pese a los reiterados reclamos, aún no se ha iniciado el proceso de designación. 

“El Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes es una figura contemplada en la Ley de Protección Integral de los Derechos del Niño, que fue sancionada en 2005. La normativa tiene un impacto enorme en la cultura jurídica y en la asistencia a los menores de edad”, afirmó Laura Musa, directora de Fundación Sur e integrante de Infancia en Deuda.

En diálogo con Diario Judicial, Laura Musa explicó que “la designación se encuentra pendiente”, y aclaró: "Se han realizado numerosos pedidos a los legisladores. No hay excusa posible, ya que si del Congreso salió una ley que prevé el Defensor, ahora depende del Congreso nombrarlo”.

Esta entidad, junto a la Asociación civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asociación por los Derechos civiles (ADC), Fundación Sur, Haciendo Camino, Aldeas Infantiles, la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA), Clínica Jurídica de Interés Público de la Universidad de Palermo, el Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia, Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) integran un movimiento por los derechos de la infancia.

“Es un reclamo urgente y necesario. Es muy importante la figura del Defensor, ya que no depende del Poder Ejecutivo y, por lo tanto, no tiene compromisos con los gobiernos según su posición política”, explicó Musa.

La fundación advirtió, en ese aspecto, que la figura del defensor del niño “facilita el acceso a la justicia, pues los niños pueden formular por si todo tipo de reclamo, estando obligado el defensor del niño a intimar a los responsables institucionales”.

De igual forma, el Defensor cobra relevancia a la hora de interponer acciones colectivas de amparo, especialmente en casos donde la "situación de vulneración de derechos responde a la inexistencia de políticas públicas para niños, niñas y adolescentes".

A través de un documento, la Clínica legal gratuita para menores de edad de la Fundación Sur Argentina concluyó: “Si bien, estas situaciones de podrían resolver de modo individual -sin desconocer que la figura del abogado del niño ha tenido una aplicación limitada- circunstancias de escala aconsejan la promoción de acciones colectivas, evitando dispendios judiciales y estableciéndose una solución de fondo a la sistemática vulneración de derechos por la falta o insuficiencia de la política pública”.

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