19 de Abril de 2024
Edición 6949 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/04/2024

La Conciliación laboral permanente

El TSJ de Córdoba decidió incorporar de manera permanente la Oficina de Conciliación que funciona en el ámbito de la Cámara Única del Trabajo de la Ciudad de Córdoba. A través de una acordada, destacó que “se trata de un instrumento jurídico procesal válido para la resolución de los conflictos jurídicos”.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba decidió, por medio del Acuerdo Reglamentario n° 1212 Serie “A”, que la Oficina de Conciliación Laboral, creada por el Alto Cuerpo en mayo de 2013 como una experiencia piloto, funcione de forma permanente en el ámbito de la justicia del trabajo local.

Los vocales Carlos García Alloco, Aída Tarditti, Luis Rubio y María Cáceres de Bolatti rememoraron que la dependencia fue que la dependencia fue creada mediante el Acuerdo Reglamentario N° 1153 Serie “A”, del 2 de mayo de 2013, “dado el incremento de causas elevadas a la Cámara Única del Trabajo”, la idea inicial era que allí las distintas Salas remitirían las actuaciones “a petición de parte o de oficio para que se llevase a cabo una gestión conciliatoria”.

También estaba estipulado que el Presidente de la Cámara Única del Trabajo el encargado de informar trimestralmente, al Alto Cuerpo acerca de los resultados obtenidos. Según los informes, de los resultados obtenidos durante el 2013, “se desprende que la experiencia ha resultado positiva puesto que de un total de 536 causas remitidas por las distintas Salas, se logró el avenimiento de las partes en 307”.

Ese fue el resultado en el lapso temporal comprendido entre 1° de agosto y el 12 de noviembre de 2013, “lo cual representa un 57,30 % de acuerdos logrados mediante dicha intervención”. Por esas razones, el presidente de la Cámara recomendó que “‘la experiencia piloto’ abandone dicho rango y quede consolidada como un organismo más de la Cámara Única del Trabajo; no sólo en función de los datos estadísticos supra referenciados sino además por contar también, según refiere, con el apoyo y beneplácito de los letrados”.

Los resultados del año 2014 también fueron exitosos, ya que el informe enviado por la Cámara Única del Trabajo refirió que durante el año en curso “fueron enviados a la Oficina, por las distintas Salas 640 expedientes, de los que se han conciliado 326 (50,93%), lo que implica un aumento porcentual en relación al informe bimestral (45,58%) y que el mismo se mantiene en un nivel considerable, si se compara con el informe producido en el 2013 por el lapso que funcionó la Oficina (58,64%)”. El informe también hizo constar el 94,17% de los expedientes conciliados “han llegado a esa solución en el ámbito de la Oficina”.

El presidente, consecuentemente, manifestó que los resultados obtenidos por la Oficina de Conciliación “constituyen una muestra elocuente que se trata de un instrumento jurídico procesal válido para la resolución de los conflictos jurídicos individuales que se ventilan en la Cámara Única del Trabajo, aceptado por gran parte de los operadores jurídicos y que cuenta con recursos humanos comprometidos con el objetivo para la cual fue creada”.

Por lo que “en base a lo informado y al cumplirse el año de creación de la Oficina de Conciliación, la que viene funcionado como experiencia piloto desde el 5/8/2013, se encuentra en condiciones de consolidarse como institución en el ámbito de la Cámara Única del Trabajo”.

El Máximo Tribunal provincial tuvo en cuenta esos antecedentes, y con la certeza de que la oficina “ha cumplido razonablemente con los fines propuestos al momento de su creación; la que su vez cuenta con una reglamentación dictada por Presidencia de la Cámara Única del Trabajo durante el primer trimestre del 2014, para darle una operatividad eficaz, segura y verificable; a lo que cabe añadir también las peticiones concordantes de los Sres. Presidentes la Cámara Única del Trabajo -2013 y 2014”, correspondía incorporarla de una manera permanente.



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