24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024

A usar la firma digital en Salta

La Notificación Electrónica con Firma Digital será obligatoria en el Poder Judicial de Salta. Los detalles de un paso que suma a la digitalización del Poder Judicial provincial.

El Poder Judicial de Salta establecerá como “obligatorio” el uso de la notificación electrónica con firma digital para todos los tribunales de la provincia.

Según informaron a DiarioJudicial.com el Poder Judicial de Salta se encuentra presto a poner en marcha la notificación electrónica obligatoria. Este “en un paso más hacia la implementación del expediente digital en los tribunales de la Provincia”, explicaron desde el Poder Judicial provincial.

Asimismo, detallaron que desde el Poder Judicial salteño se está llevando adelante una experiencia piloto con adhesión voluntaria de los abogados litigantes para que incorporen la firma digital en su trabajo diario.

“El sistema de notificación electrónica con firma digital fue implementado luego de la modificación parcial del Código Procesal Civil de la Provincia -Ley 7566, modificatoria de la Ley 5233, artículo 144- que contempla la notificación electrónica entre los Juzgados y Tribunales y las partes o destinatarios de los actos de comunicación”, informaron.

Actualmente, el sistema se encuentra habilitado y operativo en todos los tribunales del Fuero del Trabajo de 1ª y 2ª instancia del Distrito Judicial del Centro. “Estos pasos se desarrollaron de manera progresiva en el marco de un Plan Piloto, de adhesión voluntaria”, explicaron desde el Poder Judicial.

El sistema de Notificación Electrónica se aplica en la actualidad en la provincia de Salta a los actos procesales que, de conformidad con las disposiciones vigentes en el Código Procesal Laboral, deban ser notificadas por cédula al domicilio constituido.

Estas, informaron, “son remitidas por vía electrónica en los procesos donde los letrados representantes de las partes hayan manifestado su voluntad de someterse al sistema; y hayan declarado su domicilio procesal incluyendo una dirección electrónica además de su dirección postal”.

 



dju

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