18 de Abril de 2024
Edición 6948 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/04/2024

Internet: La Argentina se queda atrás en la carrera tecnológica contra el spam

La Comunidad Europea y Estados Unidos avanzan cada día en la lucha contra el correo electrónico basura. En nuestro país, a pesar de las demandas de los usuarios, el tema aún no ha despertado el interés de los políticos.

 
El auge de Internet en la sociedad argentina ha traído una serie de beneficios que hace muy poco tiempo atrás nadie imaginaba. Paralelamente, estos avances han generado un abanico de problemas para los usuarios que no tienen aún cobertura jurídica adecuada. Uno de ellos, y quizás el de mayor gravedad, es el correo electrónico basura o spam, palabra con la que técnicamente se denomina a los mails de tipo comercial o publicitario que no han sido solicitados por el usuario.
Desde 1978, cuando se envió el primer correo electrónico no solicitado, el volumen de spam ha crecido enormemente, y ya se ha convertido en la queja número uno de los internautas.

Según diferentes estudios, el correo basura representa alrededor del 50 por ciento del total de los mails que circulan hoy por las redes. En Argentina, según datos de los proveedores de Internet, entre un 60 y un 70% de los e-mails es spam.

Las leyes anti-spam se han ido reproduciendo a lo largo de todo el mundo, ya que este tipo de correos no sólo causa perjuicios a los usuarios, principalmente pérdida de tiempo y de dinero, sino también a los proveedores de Internet (ISP) y a las empresas que utilizan el correo electrónico como herramienta de trabajo.

En España la norma que regula este problema es la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del correo electrónico (www.lssi.es), más conocida como LSSI. Según esta ley, los correos comerciales deben ir encabezados con la palabra “publicidad” y se prohíbe el envío de mensajes que no hayan sido solicitados expresamente por los usuarios (sistema “opt-in”). Las sanciones que contempla la LSSI, en caso de incumplimiento, oscilan entre los 30.000 y 150.000 euros.

Pero España, como deben hacer los países pertenecientes a la Unión Europea, tuvo que adecuar su legislación a una nueva directiva europea sobre el spam, la 2002/58/CE (www.aui.es/contraelspam/directiva_ue.htm). En el artículo 13 de la Directiva se permite que las empresas remitan publicidad de sus productos a sus clientes, dejando abierta una salida para aquellos que se opongan a estos envíos.

El Gobierno español ha decidido modificar la LSSICE a través de otra ley, la Ley General de Telecomunicaciones (LGT), que fue aprobada en el Congreso el pasado 16 de octubre y entró en vigencia el miércoles 5 de noviembre. Según esta nueva ley, el envío de correos electrónicos comerciales no requerirá que los usuarios hayan expresado su consentimiento, siempre y cuando exista una relación contractual previa entre emisor y destinatario.

Ahora, el resto de los países europeos, que ya han introducido en sus respectivas legislaciones el tema del spam, deberán hacer lo mismo.

En Inglaterra, la normativa que entrará en vigor el 11 de diciembre establece que nadie puede recibir un anuncio en su correo personal sin haberlo autorizado anteriormente. Las multas pueden alcanzar la suma de 5.000 libras si decide un juez o sin tope máximo si lo determina un jurado. En Italia, por su parte, la legislación aprobada a principios de septiembre es mucho más severa: prevé la posibilidad de que los responsables del spam sean condenados a multas de 90.000 euros y a penas de prisión de hasta tres años.

Aunque el problema es enorme, su origen es relativamente pequeño. Según la Asociación Spamhaus (www.spamhaus.org), unos 150 spammers (emisores de spam) norteamericanos son los responsables del 90% de los mensajes no deseados.

Atentos a esta realidad, la Cámara de Representantes de Estados Unidos aprobó recientemente el proyecto “Can-spam Act of 2003” (www.spamlaws.com/us.html) que, si cuenta con el aval del Senado, intentará limitar los correos electrónicos comerciales no deseados.

En octubre, el Senado ya había aprobado un proyecto de ley similar que prohíbe a los que envíen esos correos ocultar su identidad usando una dirección falsa y exige que los mismos incluyan un mecanismo que permita a los destinatarios avisar que no los quieren (sistema “opt-out”). Además, una cláusula del proyecto autoriza a la Comisión Federal de Comercio a establecer una lista de personas que no desean recibir este tipo de correos, similar a la lista de números de teléfonos de personas que no quieren recibir llamadas comerciales.

Si estos dos proyectos pueden ser conciliados en un texto común, lo que probablemente sucederá en los próximos días, los spammers enfrentarán condenas de hasta cinco año de prisión y multas de hasta dos millones de dólares.

En Estados Unidos más de la mitad de los estados ya cuentan con leyes propias contra el spam. La más reciente, en el estado de California, penaliza con multas de hasta un millón de dólares el envío de correo basura.

Mientras el mundo avanza en su lucha contra el spam, al día de hoy, en la Argentina no existe una ley específica en su contra. Mientras tanto dos proyectos de ley referidos a este tema, uno en el Senado, cuyo autor es el senador Guinle (PJ-Chubut), y otro en Diputados, que lleva la firma del Diputado Mukdise (UCR-Santiago del Estero), aguardan su aprobación. El primero, ya está en tratamiento en la Comisión de Sistemas, Medios de comunicación y Libertad de expresión del Senado y, según sus autores, podría tener un dictamen favorable antes de fin de año; el segundo, que prevé la clausura del sitio o una multa para aquellos spammers que operen dentro del país, ni siquiera fue incluido en el temario de las Comisiones correspondientes.

Hay que recordar que la Secretaría de Comunicaciones (www.secom.gov.ar) elaboró en el 2001 un Anteproyecto de Ley para regular las comunicaciones comerciales publicitarias por correo electrónico que no tuvo mejor suerte. Transcurridos dos años, y luego de sucesivas reuniones en la Comisión de Comunicaciones e Informática, el anteproyecto permanece guardado en algún cajón de la Secretaría.

Mientras tanto se discute en nuestro país si es necesario una ley específica o si ya existen elementos legales para atacar a los spammers. “No es imprescindible una ley específica sobre el tema. Aplicando la ley 25.326 de Protección de Datos Personales y la 24.240 de Defensa del consumidor, e instando a los Proveedores de Servicio de Internet (ISP) a que suscriban un código ético de conducta aplicable a todo el sector, puede combatirse a los spammers locales”, dice el Dr. Gustavo Tanús, abogado especializado en temas de derecho e informática.

Sin embargo, ya hay consenso, tanto en Argentina como en Europa, en la necesidad de armonizar las distintas legislaciones de los países y adoptar una acción global coordinada contra el correo basura, sin descuidar principios esenciales de Internet como la libertad de expresión.
¿Resolverá una ley trasnacional el problema del spam?, se preguntan expertos en todo el mundo. Por ahora, todo indica que esta es la solución legal más adecuada.

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