La Justicia Laboral confirmó una condena solidaria en contra de Telefónica S.A. por el despido de un telemarketer. No obstante, la sanción por temeridad que pidió el actor contra dicha empresa no fue admitida, pues el Tribunal explicó que esa medida “no puede obedecer a la sola circunstancia de que las acciones y defensas hayan sido finalmente desestimadas”.
La Justicia admitió el reclamo indemnizatorio de una mujer que se colocó en situación de despido indirecto, ya que no recibió la respuesta postal de su empleadora ante la solicitud que envió para que le asignen tareas acordes a su capacidad laboral.
La Cámara Laboral rechazó la demanda por accidente de trabajo, basándose en el Código Civil, que interpuso un empleado de un club de golf pues se consideró que el crédito estaba prescripto y ya no era exigible.
La Cámara Laboral tuvo por ciertos los hechos denunciados por un trabajador tras un accidente en una obra. La empleadora había sido declarada "rebelde" por no comparecer y se le aplicó la presunción del artículo 71 de la Ley de Organización y Procedimiento de la Justicia del Trabajo.
