24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024
El canon por Radio Nacional

Le apagaron la radio a SADAIC

La Cámara Civil y Comercial rechazó una demanda de SADAIC contra el Estado que pretendía cobrar por los derechos de unas obras transmitidas en Radio Nacional, a un valor mayor que el correspondiente a su año de difusión.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal rechazó una demanda de SADAIC contra el Sistema Nacional de Medios Públicos Sociedad del Estado con la intención de cobrar una cantidad de dinero en concepto de derechos de autor por la radiodifusión de obras musicales a través de Radio Nacional.

Además, el organismo pretendió cobrar dichas sumas con un aumento por actualización de tarifas que correspondían a años distintos a los de la demanda.

Frente a ello, los miembros del Tribunal sostuvieron que el cobro del arancel pretendido por SADAIC es superior al que corresponde y "la mera confrontación de las diferencias existentes entre uno y otro pleito justifica el rechazo de la demanda".

Si bien la parte demandada consideró abusiva la acción pretendida, los jueces señalaron que el sindicato que protege la actividad de los autores de composiciones musicales destinada a obtener el cobro de una suma de dinero por la reproducción de varias obras en un programa de radio no es abusiva, "dado que no hay elementos que justifiquen calificar de antifuncional al ejercicio del derecho que la actora concretó en este proceso, dado que deriva de un complejo régimen jurídico cuya vigencia supera los veintidós años".

Asimismo, los magistrados resolvieron anular la opción de SADAIC de ejecutar la condena que resulte de actualizar el capital de la condena de acuerdo al Índice de Precios Mayoristas Nivel General con más un interés del 8% anual, ya que, además de violar el principio de congruencia, contradice expresamente la ley de orden público, 23.928.

 

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
sadaic estado aranceles

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486