18 de Abril de 2024
Edición 6948 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/04/2024

El Estado es responsable por los femicidios

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal condenó al Estado Nacional y agentes de la Policía Federal por el femicidio de una mujer, por lo que deberán pagarle una cifra millonaria a las hijas de la víctima.

En los autos  “A., R.H. y Otra c/ E.N. M Seguridad – P.F.A. y Otros s/ daños y perjuicios”, la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal condenó al Estado Nacional y a agentes de la Policía Federal por el femicidio de una mujer y deberán pagarle $4.000.000 a las hijas de la víctima.

Los miembros del Tribunal fijaron la suma en concepto de indemnización por hallarlos responsables de negligencia en el operativo en el cual fue asesinada una mujer por parte de su esposo, cuando ingresó a la casa que compartían para retirar sus pertenencias. El hombre aprovechó un descuido de los policías, que debían escoltarlas, la mató y posteriormente se suicidó.

Teniendo en cuenta eso, los jueces hicieron lugar a la demanda de las hijas de la víctima contra el Estado Nacional y los funcionarios policiales que participaron del operativo. En esa línea, sostuvieron que los miembros de la Federal actuaron “minimizando o directamente negándose el riesgo suscitado”.

La responsabilidad se hizo extensiva hacia el Estado por ser el responsable de la conducta de los agentes de la Policía Federal.

En el extenso fallo, los magistrados señalaron que “el sólido basamento normativo de la tutela que merecen las mujeres en situaciones análogas a la de la Sra. S, la conducta diligente de un agente policial en el contexto que aquí se analiza radica en entender que debe comportarse en orden a brindar la seguridad, que se module en función de las particulares circunstancias que emanaban de las órdenes impartidas judicialmente”.

La mujer había demandado a su ex esposo por violencia familiar en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 9 y contaba con una prohibición de acercamiento.

 

 

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