15 de Abril de 2024
Edición 6945 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 16/04/2024

Una reparación para las víctimas colaterales

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad presentó un proyecto para la creación de un régimen de reparación económica a niños y adolescentes que sean víctimas colaterales en los casos de femicidios. “El Estado deberá otorgar esta reparación, debido a que fue quien asumió los compromisos internacionales de protección hacia las mujeres, niños y adolescentes", indicó el organismo.

La Defensoría del Pueblo de la Ciudad remitió a la Legislatura local un proyecto de ley para la creación de un régimen de reparación económica a niños, niñas y adolescentes que sean víctimas colaterales en los casos de femicidios.

El organismo relató que “pese a los avances legislativos y la visibilización de la problemática" entre 2008 y 2015 se registraron 2094 femicidios y femicidios vinculados de mujeres y niñas. “Cuando ocurre un femicidio, además de la víctima directa -la mujer asesinada- existen otras víctimas (…) La violencia arrasa el ámbito familiar nuclear y se lleva consigo a los más vulnerables, niñas y niños testigos mudos, impotentes y en constante situación de peligro”, indicó la Defensoría.

Así, explicó que surge la necesidad de una “reparación económica por parte del Estado a las niñas, niños y adolescente que han perdido a su madre en manos de su padre”, y añadió: “Resulta imprescindible y es una obligación del Estado asegurar el bienestar físico y psíquico de las niñas, niños y adolescentes”.

La iniciativa, presentada ante la Legislatura de la Ciudad, fundamenta que “no es un subsidio, una pensión o una ayuda, sino una reparación económica por parte del Estado, hasta que cumplan 21 años de edad y subsistirá en los casos en que se declare la capacidad restringida y/o incapacidad de los niños, niñas y adolescentes", lo que implica una "respuesta por el daño causado, al no haber protegido a sus madres cuando esta pidieron ayuda al denunciar la violencia que sufrían”.

“El Estado deberá otorgar esta reparación, debido a que fue quien asumió los compromisos internacionales de protección hacia las mujeres, niñas, niños y adolescentes y en los casos de femicidios, dicha protección no fue cumplida”.

De este modo, el proyecto crea un régimen para los menores de 21 años de edad cuando “su padre haya sido procesado o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice de delito de homicidio agravado por el vínculo” o cuando “la acción penal seguida contra su progenitor, en la causa donde se investigue el homicidio de su madre, se haya declarado extinguida por muerte de aquél”.

Y añade: “Los beneficiarios tienen derecho a la reparación aunque el homicidio agravado por el vínculo o la condena hayan ocurrido con anterioridad a la sanción de esta ley”. Según la propuesta, la prestación será abonada por el Estado de la Ciudad mensualmente, por un valor siempre equivalente a un salario mínimo, vital y móvil. La misma será inembargable y se pagará por cada hijo.

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