18 de Abril de 2024
Edición 6948 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/04/2024

Súper responsables

La Cámara Civil y Comercial de Mar del Plata condenó a un hipermercado de la firma Carrefour a abonar $56.000 a una mujer que le robaron el auto dentro del estacionamiento del lugar.

En los autos "P. N. J. c/Carrefour argentina sa s/daños y perj. incump. contractual (exc. estado)", una mujer interpuso un recurso de apelación contra la resolución de grado que rechazó su demanda contra le empresa Carrefour a raíz del robo de su vehículo en el estacionamiento de un hipermercado.

La demanda fue rechazada porque la actora presentó como única prueba de su concurrencia al lugar una copia de un ticket de pago abonado mediante tarjeta de crédito, a la cual no le asigna valor probatorio por ser una copia simple, y nunca presentó el original ni el resumen expedido por el banco.

Frente a ello, la denunciante expresó que la sentencia se limita a descalificar injustamente el ticket de compra por haber sido presentado en copia, que no hay puesto fijo de personal de seguridad en el playón de estacionamiento y que la empresa no aportó las filmaciones de sus cámaras de seguridad.

Por su parte, los integrantes del Tribunal explicaron que la causa representa una típica relación de consumo que debe encuadrarse dentro de la Ley de Defensa del Consumidor y del Usuario, ya que "el estacionamiento consiste en la prestación de un servicio a título gratuito que se ofrece por el establecimiento en función de una eventual contratación a título oneroso posterior".

En cuanto a la acusación de falta de pruebas denunciada por Carrefour, los jueces sostuvieron que existen elementos decisivos que permiten verificar el relato de la damnificada, como la declaración del jefe de seguridad de la empresa que reconoció el hecho. Conjuntamente, debe valorarse la denuncia penal hecha por la mujer minutos después del robo y el ticket presentado coincide con el horario y fecha del suceso.

Los magistrados destacaron que la empresa declaró que perdió las filmaciones de las cámaras de seguridad de ese día y se negó a dar  los datos identificatorios del personal de seguridad que se hallaba en el sector del playón de estacionamiento. Dichas conductas denotan "un incumplimiento a los deberes de buena fe que se exigen".

Por todo lo expuesto, los camaristas resolvieron aceptar el recurso de apelación, admitir la demanda de daños y perjuicios y obligar a la empresa Carrefour a abonar una suma de $ 16.300 y $ 40.000 en concepto de "daño emergente" y "daño moral".


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