25 de Abril de 2024
Edición 6953 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/04/2024

Relatos Salvajes de abogados

La Justicia confirmó la decisión del Tribunal de Disciplina del CPACF de multar a un letrado por "mandar a lavar los platos" a una empleada de una UDAI de la ANSES. El matriculado denunció "una persecución contra los abogados previsionalistas", pero los jueces aseguraron que ni ante ese caso se justificaban sus dichos.

La historia de "Bombita", en la que Ricardo Darín explota -literalmente - ante problemas de índole burocrática en el film "Relatos Salvajes" se encarnizó en un letrado que fue sancionado a raíz de una denuncia formulada por empleados de una Unidad de Atención Integral de la Administración Nacional de Seguridad Social ante el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Ocurrió que la Jefa de la UDAI manifestó que tres abogados, "al momento de iniciar un trámite jubilatorio por ante la ANSES, se habrían dirigido hacia el personal de dicha entidad con gritos, amenazas, insultos y apócopes degradantes", la causa tramitó con los testimonios de los empleados de la dependencia, y concluyó que estaba acreditado que "el clima de tensión que se había vivido en el marco de aquella jornada, había sido generado -en gran medida- por la existencia de actitudes y comentarios" proferidos por uno de los abogados, y que existía concordancia de los testigos "en cuanto a que existieron malos tratos y expresiones descalificativas del letrado", lo que constiuía una situación "del todo ajena a las pautas rectoras del art. 22, inciso a) del Código de Ética y el art. 44, incisos g) y h) de la ley 23.187".

Los incidentes que se dieron en la UDAI de la ANSES tuvieron su origen cuando una abogado -la esposa del letrado multado - se presentó a iniciar el trámite jubilatorio de una persona, y la agente del organismo "le habría hecho notar que no era la letrada a favor de quien el futuro beneficiario había extendido el poder", sino del otro abogado - el hijo de ambos-, quien además había sacado el turno en cuestión, por lo cual, debía presentarse el beneficiario o bien la abogada tenía sacar otro turno. Fue en ese marco, cuando se presentaron el letrado multado y su hijo y se originó una discusión acalorada en la que, según consta en el expediente, el abogado multado le gritó a la empleada “anda a lavar los platos” y luego exclamó ante el auditorio "esto para que vean como tratan a los profesionales’".

El Código de Ética considera una falta "no guardar un estilo adecuado a la jerarquía profesional en las actuaciones ante el poder jurisdiccional y órganos administrativos", invocando estas disposiciones el Tribunal de Disciplina determinó que las conductas del abogado fueron "cuanto menos, inadecuadas a la jerarquía profesional". Ese criterio fue confirmado por la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que en autos "M.H.E. c/ CPACF" rechazó la apelación formulada por el letrado, que argumentó en su defensa que no existió una conducta indecorosa de su parte.

El letrado alegó que, según surgía de la prueba, la UDAI padecía de "graves problemas de personal, con cantidad desmesurada de ausencias y falta de reemplazantes para atención al público. Asimismo, que existió un notorio incumplimiento de la jefa de esa entidad de organizar un servicio eficiente, situación que no fue considerada en la sentencia". El matriculado expuso a continuación que "ha guardado el ´estilo´ adecuado ante el organismo administrativo, por cuanto nada de lo que pudo haber hecho para defender los intereses de su cliente se puede considerar fuera del mismo" y, por último, sequejó de que se le haya imputado "crear un ´clima de tensión´ sin especificar de que se trató y aquello que se considera fuera del lugar de lo que un abogado debe hacer para defender los intereses de sus clientes ante una conducta irracional por parte de la ANSES".

El apelante, finalmente, denunció "una sistemática y permanente persecución contra los abogados previsionalistas por parte de la ANSES, que tendría como objetivo que los mismos no atiendan a las personas que inician o continúan los trámites jubilatorios o de pensión".

Pero los camaristas Sergio Fernandez, Jorge Argento y Carlos Grecco sentenciaron: "teniendo en vista las circunstancias que se dieron los acontecimientos, y a mayor abundamiento, corresponde poner de relieve que aún en la hipótesis de que fuera cierta la discriminación que el recurrente denuncia que efectúa la ANSES hacia los abogados previsionalistas, la misma podría resultar idónea para iniciar reclamos administrativos y judiciales tendientes a hacerlas cesar (como las causas judiciales que detalló en sus agravios), pero en modo alguno para justificar frases como la propinada a una empleada de un organismo administrativo", y por ello ratificaron la sanción dispuesta.



matías werner
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