24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024

Por culpa de la vereda, y del Gobierno

La Cámara Civil condenó al Gobierno porteño a indemnizar a una persona que se cayó en la calle a raíz del mal estado de la vereda. En el fallo, los jueces calificaron como “poco seria” la actitud de “objetar inocuamente con tanta extensión al deponente sin tener en cuenta la génesis del evento dañoso” FALLO COMPLETO

 
La Cámara Civil condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a indemnizar a una persona que se cayó en la vereda a causa del mal estado en que se encontraba. Víctor Fernando Liberman, Marcela Pérez Pardo y José Luis Galmarini son los jueces que integran la Sala L de la cámara que actuó en la causa “Cabrera, Inés Hevert c/ Jorge Conde, José Luis y otro s/ daños y perjuicios”.

En la instancia de grado se había hecho lugar a la demanda de la actora, lo que fue apelado por el gobierno porteño, pues consideró que la única testigo presentada no vio el accidente, razón por la cual no se encontraba probada la existencia del hecho.

Ante esto, los magistrados de la cámara argumentaron que la máxima “‘testigo único, testigo nulo’ es obsoleta y anacrónica”. Ello pues “solamente era utilizada en tiempos inmemorables”, y que en la actualidad “los testigos se ‘pesan’ y no se ‘cuentan’”.

Asimismo, “innegable resulta que si un único testigo es sinónimo de mendacidad, nada impide que dos o tres testigos se pongan de acuerdo para mentir. Lo importante es el peso probatorio del testimonio y no la cantidad” consignan.

Otra cuestión de la que se valen para comprobar la responsabilidad del gobierno es la información brindada por el Departamento de Inspección de Obras, de la Dirección Gral. de Obras Públicas del Gobierno de la Ciudad. En donde, luego de constatar el estado de la vereda en cuestión que se trata de “(...) piso de baldosones graníticos con reparaciones de alisado de cemento cuyo estado de conservación es crítico, hay rajaduras con pocas salientes...”.

Esto, llevó a los camaristas a afirmar que “frente al calamitoso estado de la vereda que se desprende de las fotografías acompañadas por la parte actora, abonadas por el referido testimonio, hubiera sido más productiva su reparación por parte de los responsables con el mismo ímpetu que dedican a cuestionar los dichos del testigo. Objetar inocuamente con tanta extensión al deponente sin tener en cuenta el génesis del evento dañoso, aparece poco serio”.

De esta manera, los jueces condenaron a indemnizar con 40 mil pesos a la actora por los daños que el hecho le ocasionó.



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