24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024

Desbloqueo para UBER

El STJ de la Ciudad revocó la resolución de la Cámara en lo PCyF que había confirmado el bloqueo de la empresa UBER en todo el país. Los jueces consideraron que la medida del Tribunal excedió su competencia territorial.

La empresa de transporte UBER ganó su primera batalla judicial. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad revocó la sentencia que confirmó la extensión a todo el territorio nacional del bloqueo preventivo de la web, plataformas digitales y aplicaciones que permitan contratar servicios de transporte de pasajeros por intermedio de la firma en todo el país.

El Tribunal, integrado por los magistrados Inés Weinberg, Ana María Conde, José Casas y Luis Lozano, hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad y revocó la resolución de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas que había confirmado la extensión del bloqueo de UBER en todo el territorio nacional.

En un primer término, la Justicia había bloqueado la página para el ámbito de la Ciudad, pero el incumplimiento de esa medida fue la razón que la Cámara expuso para extenderlo a todo el país.

 

Semanas atrás, la Asociación Interamericana de Empresas de Telecomunicaciones (ASIET) y la GSMA emitieron un comunicado conjunto y expresaron su "preocupación" por el bloqueo de la compañía en el país.  

 

Los abogados de la empresa dedujeron queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad y alegaron “gravedad institucional por violar el régimen federal” al entender que la resolución “excedía los límites territoriales del fuero contravencional, afectaba el régimen federal y violaba estándares internacionales de libertad de expresión”.

En el voto, el juez Lozano -al que adhirieron los jueces Weinberg y Casás- sostuvo que los” jueces de mérito han excedido el ámbito de las competencias que le son propias al decretar una cautelar que excede el ámbito de la Ciudad hasta abarcar otras jurisdicciones”.

“Puesto en otros términos, la decisión recurrida avanza ilegítimamente sobre competencias que ni la GCBA ni la ley les acuerda”, advirtió Lozano en el fallo de ocho páginas.

En tanto, la jueza Conde coincidió en que la medida “excede el ámbito de las potestades que le han sido reconocidas a los magistrados de la Ciudad en esta materia e invade de un modo arbitrario el de otras jurisdicciones”.

“Una medida precautoria irrestricta, como la decidida, lesionaría innecesaria y desproporcionadamente derechos que allí han sido reconocidos, tales como: el acceso e intercambio de información (…); la obtención de conocimientos y transmisión de ellos mediante la utilización de contenidos, herramientas y de aplicaciones; y la posibilidad de cualquier usuario de esa red global de comunicarse o desenvolverse libremente en ella”, concluyó.

Semanas atrás, la Asociación Interamericana de Empresas de Telecomunicaciones (ASIET) y la GSMA emitieron un comunicado conjunto y expresaron su "preocupación" por el bloqueo de la compañía en el país. Los entes consideraron que la resolución "tiene potenciales efectos nocivos sobre la integridad y seguridad de la red y de ningún modo constituye una solución al problema de fondo". 



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