28 de Marzo de 2024
Edición 6936 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/04/2024

Una mirada inclusiva

La Justicia en lo CAyT de la Ciudad ordenó al GCBA que incorpore a una integrante del colectivo trans en los programas estatales para que le brinden asistencia alimentaria, habitacional y laboral. 

En los autos “P., M. (CM) contra GCBA sobre Amparo – Habitacionales y otros subsidios”, la titular del Juzgado N° 6 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, Patricia López Vergara, ordenó al GCBA que en el término de cinco días incorpore a la actora en los programas estatales que le brinden asistencia alimentaria, habitacional y laboral, hasta tanto se resuelva en forma definitiva y firme las actuaciones.

En concreto, la jueza señaló “el grado extremo de vulnerabilidad social al que se halla sometido el colectivo trans desde temprana edad”, y resaltó que “resultan insoslayables las implicancias negativas que conlleva para la consolidación de la personalidad, en tanto la identidad de género constituye un pilar esencial de la autodeterminación, dignidad y libertad”.

 

La sentenciante concluyó que el GCBA “debe garantizar la subsistencia adecuada de la actora a través de su incorporación en los distintos programas que le permitan el acceso a la alimentación, a la vivienda digna y al mercado laboral formal” .

 

“Tanto el sustento coyuntural como normativo revelados (…) imponen a la perspectiva de género como directriz en la función jurisdiccional”, aseguró López Vergara y agregó: “En pos de evitar que el acceso individual a la justicia se postule como otra más de las situaciones asimétricas de desigualdad y exclusión estructural que hostigan al colectivo trans”.

“Los episodios de marginación denunciados por la actora se abordarán a través de una mirada inclusiva y serán ponderados con el especial estándar probatorio que este tipo de tratos exigen. Ello, no sólo por el prematuro estado de la presente acción sino por la sabida complejidad que encarna el hecho de probar un accionar discriminatorio“, destacó la magistrada.

La sentenciante concluyó que el GCBA “debe garantizar la subsistencia adecuada de la actora a través de su incorporación en los distintos programas que le permitan el acceso a la alimentación, a la vivienda digna y al mercado laboral formal” a fin de “erradicar el estigma y los estereotipos negativos contra las personas LGBTI, los cuales refuerzan la discriminación y violencia en contra de la actora”.



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