19 de Abril de 2024
Edición 6949 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/04/2024

Herederos sin herencia

La Justicia santafesina resolvió dejar sin efecto una donación porque los donatarios no cumplieron con las cargas de conservación del inmueble y de asistencia al donante.

En los autos "Pugin de Isola Ester María c/ Burgos Hugo Alberto y Miranda Nilda Miriam s/ ordinario", la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela resolvió dejar sin efecto una donación porque los donatarios no cumplieron con las cargas de conservación del inmueble y de asistencia al donante.

Los miembros del Tribunal explicaron que los demandados no cumplieron con su deber de conservar el inmueble en condiciones normales de uso y habitabilidad, y de prestar a la donante, en caso de necesidad, asistencia de alimentos, vestuario y atención médica primaria.

Los miembros del Tribunal explicaron que los demandados no cumplieron con su deber de conservar el inmueble en condiciones normales de uso y habitabilidad, y de prestar a la donante, en caso de necesidad, asistencia de alimentos, vestuario y atención médica primaria.

Además, la mujer que les donó la casa denunció que ella sobrevivía gracias a la generosidad de una vecina.

Los jueces destacaron que los demandados nunca contestaron la demanda ni ofrecieron pruebas que indiquen lo contrario, lo que indica que reconocen los cargos que se le endilgaron.

Los miembros del Tribunal explicaron que los demandados no cumplieron con su deber de conservar el inmueble en condiciones normales de uso y habitabilidad, y de prestar a la donante, en caso de necesidad, asistencia de alimentos, vestuario y atención médica primaria.

Por todo lo expuesto, los magistrados resolvieron confirmar la sentencia de grado que revocó la donación efectuada años atrás.

 

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486