28 de Marzo de 2024
Edición 6936 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/04/2024

El nono al teléfono

Telecom deberá reparar y poner en funcionamiento la línea telefónica de un jubilado. En el caso, la Justicia de Entre Ríos consideró la edad del titular de la línea y la lejanía del domicilio de los principales centros urbanos de la provincia.

Un jubilado acudió a la Justicia para que Telecom repare la línea telefónica fija de su titularidad, que se encuentra fuera de servicio desde mediados de diciembre de 2017.

El hombre reside en la localidad rural de Las Moscas, provincia de Entre Ríos. A raíz del corte del servicio, el jubilado se comunicó al Centro de Atención Telefónica de la accionada, en el que se le informó que la reparación se llevaría a cabo dentro de los diez días posteriores.

Ante la falta de la reparación comprometida, y luego de reiterados reclamos, el actor intimó a la empresa a que en el plazo de 48 horas, restablezca el servicio telefónico, lo que nunca sucedió.

 

Los jueces ponderaron la edad avanzada del amparista, como así también su domicilio, ubicado lejos de los principales centros urbanos de la provincia.

 

En los autos "N., L. H. C/ Telecom Argentina S.A. S/ Acción de Amparo", el amparista destacó su condición de jubilado, la que comparte con su cónyuge conviviente. También alegó “problemas de salud”, por los que requiere comunicarse continuamente con sus familiares.

La sentencia de primera instancia rechazó el amparo contra la empresa de telefonía, pero la Sala de Procedimientos Constitucionales y Penal del STJ dejó sin efecto la resolución y ordenó a Telecom reparar y poner en funcionamiento el servicio.

En el caso, los jueces ponderaron la edad avanzada del amparista, como así también su domicilio, ubicado lejos de los principales centros urbanos de la provincia. “Hacen que el servicio de telefonía fija cobre mayor importancia para la salvaguarda de otros derechos constitucionales, tales como la salud o la vida”, señaló el fallo.

A modo de ejemplo, los vocales destacaron la “dificultad que tuvo el actor, en otorgar carta poder a su representante legal, ante la ausencia de escribanos en la localidad de Las Moscas, y contando con el Juzgado de Paz más cercano en la ciudad de Villa San Marcial”.


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