27 de Marzo de 2024
Edición 6935 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/03/2024

Otro paso para la Justicia digital

El Consejo de la Magistratura de la Nación tiene pensado implementar el expediente digital integral para los juicios de ejecuciones tributarias. Actualmente, esa modalidad es utilizada en la homologación de acuerdos por la Ley de Reparación Histórica.

En otro paso para la implementación del expediente digital en la Justicia Nacional y Federal, el Consejo de la Magistratura de la Nación buscará que los juicios por ejecuciones fiscales tributarias, que tramitan ante el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, sean gestionados íntegramente por medio del sistema Lex 100.

Así lo anunció el presidente del Cuerpo, Miguel Piedecasas, tras destacar que el Consejo logró implementar el expediente digital “en materia de reparación histórica”, es decir, “dentro de las incumbencia o competencia el fuero de la Seguridad Social”.

El plan del Consejo es que a mediados de 2018 las ejecuciones fiscales tramiten de la misma forma. “Creemos que el expediente digital, así como la notificación electrónica, la firma digital ola digitalización de toda la documentación, es decir, la Justicia Digital, es una de las grandes apuestas que el Poder Judicial de la República Argentina debe llevar adelante para lograr su transformación”, aseguró Piedecasas.

El expediente digital para la homologación de los acuerdos transaccionales en el marco del Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados fue reglamentado por medio del Decreto 895/2016, que estipula que la gestión de los mismos sea por medios electrónicos “desde su origen en sede administrativa y hasta su envío al ámbito judicial”.

En ese sentido, se dispone que la firma del acuerdo y posterior liquidación, sea remitida electrónicamente a la Dirección General de Tecnología del Poder Judicial Nación, “a efectos de la asignación del juez competente”, y al finalizar, una vez que ANSES reciba la notificación de la homologación del Acuerdo por parte del juzgado, “procederá a la registración de la novedad en sus bases de datos y a la liquidación correspondiente”,

 


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