17 de Abril de 2024
Edición 6947 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/04/2024

El eslabón más débil del narcotráfico

La Justicia condenó a una mula por transportar 15 kilos de droga en un colectivo. El fallo hizo hincapié en la situación que viven las personas que, a cambio de dinero, aceptan transportar estupefacientes. También destacó la vulnerabilidad y extrema necesidad económica del imputado como decisivo "para que accediera por una paga a infringir la ley penal”.

A finales de abril de 2016, un hombre fue detenido en Entre Ríos cuando transportaba en una colectiva larga distancia quince kilos de marihuana desde Puerto Rico, Misiones, hacia la provincia de Buenos Aires.

El hombre fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes. Según consta en la causa, el imputado transportaba 15,0485 kilogramos de marihuana, acondicionados en veinte ladrillos que llevaba ocultos en una valija que ubicó en la bodega del micro.

En los autos “P., R. s/Infracción ley 23.737”, el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Paraná resolvió hacer lugar al acuerdo de juicio abreviado y condenó al imputado a las penas de cuatro años y dos meses de prisión y multa de dos mil pesos.

El Tribunal, integrado de manera unipersonal, consideró “comprobado traslado del material estupefaciente que el imputado había encarado por un precio –pagadero después de la entrega de la mercadería-, desde la localidad de Puerto Rico, Misiones, hacia la terminal de Liniers, Buenos Aires, y cuya llegada a destino fue frustrada por el procedimiento que tuvo lugar durante su tránsito”.

El fallo hizo especial hincapié en la situación que viven las mulas o transportador personal de la sustancia por un precio, quienes conforman el “nivel más vulnerable de este eslabón”.

“Aunque en este segmento (transporte) de un universo delictivo mayor (narcotráfico) se implican diversas clases de aportes y numerosos sujetos, todos ellos –incluido el que había asumido el imputado- colaboran a la configuración objetiva del injusto”, continuó.

Además consideró como atenuación “su nulo nivel de instrucción y consiguiente analfabetismo”, dado que el imputado aprendió a leer y escribir en la unidad penal en la que está alojado.

Por último señaló “su situación de pobreza estructural, expulsión del mercado de trabajo y dificultades para ganarse el sustento para sí y los suyos, todo lo cual debió tener una incidencia decisiva para que –impulsado por su vulnerabilidad y extrema necesidad económica- accediera por una paga a infringir la ley penal”.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486