28 de Marzo de 2024
Edición 6936 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/04/2024
Fue convocada para el 31 de agosto

Gils Carbó, a declarar

La jefa de los fiscales sufrió un nuevo revés judicial: el juez federal Julián Ercolini la citó a declaración indagatoria por presuntas irregularidades en la compra de un edificio para el organismo. El magistrado consideró que "violó los deberes a su cargo" y "diagramó un entramado" para que bajo la simulación de un acto licitatorio el Ministerio Público Fiscal adquiriera el inmueble.

El juez Julián Ercolini, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°10, citó a declaración indagatoria a la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, por presuntas "irregularidades" en la compra de un edificio para el organismo.

Ercolini entendió que las evidencias obtenidas como consecuencia de las medidas de prueba practicadas “han permitido conocer diversos aspectos fácticos vinculados a la maniobra investigada”, que “habría tenido por objeto defraudar los intereses de la Procuración General de la Nación”.

“Dicha maniobra habría sido planeada y llevada a cabo desde los más altos niveles de decisión”, sostuvo y añadió: “Existe motivo para sospechar que la procuradora Alejandra Gils Carbó y el subdirector general Guillermo Alfredo Bellingi, violando los deberes a su cargo, diagramaron un complejo entramado para que bajo la simulación de un acto licitatorio el Ministerio Público Fiscal adquiriera el edificio”.

Gils Carbó deberá presentarse a declarar el 31 de agosto próximo. La resolución se dio tras el pedido del fiscal a cargo de la investigación, Eduardo Taiano, quien solicitó la indagatoria por considerar que “se verifica respecto de los nombrados el estado de sospecha al que alude el artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación".

La compra del edificio se remonta a 2013, cuando la Procuración llamó a licitación pública para comprar un inmueble con determinadas características en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En la compulsa se presentaron cinco oferentes y la adjudicación resultó favorable al edificio de la calle Perón 667, perteneciente a la sociedad Arfinsa SA por un monto total de $43.850.000. 

Dicha empresa contrató a Jaureguiberry Asesores Inmobiliarios para que intervenga en la venta del edificio, quien a su vez contrató como asesor al productor de seguros, Juan Thill. Tras ganar la compulsa, Jaureguiberry cobró una millonaria comisión que dividió con Thill por "el servicio de asesoramiento y gestiones encomendadas para la presentación de la licitación". Thill es hermano de Guillermo Bellingi, quien era subdirector general de la Procuración y hoy trabaja en el área técnica de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC).

Los puntos claves

En su resolución, Ercolini expresó que el proceso licitatorio tramitado “habría estado direccionado desde su inicio", mediante la "confección de un pliego hecho a la medida de las características que presentaba el inmueble cuya adquisición estaba decidida de antemano y previamente pactada con la vendedora, de modo tal que fuera la oferta que hiciera Arfinsa Argentina Financiera S.A. la que obtuviera mejor puntaje y, en virtud de ello, resultara adjudicataria de la licitación pública”.

También resaltó las “ganancias” obtenidas por los intermediarios, a las que calificó de “cuantiosas y desproporcionadas”. Sobre este punto, señaló que "la empresa Arfinsa Argentina Financiera S.A., para ofertar en el marco de la referida licitación, lo hizo a través de Jaureguiberry Asesores Inmobiliarios S.A., la que por “actuar en su representación recibió de la vendedora, por su intermediación en esa operación, una comisión de $ 7.706.399,90”, un monto “inusual" en el mercado inmobiliario.

El juez, además, destacó la situación de Thill, quien recibió de Jaureguiberry una “abultada” suma de dinero producto de una supuesta prestación de servicios de asesoramiento y gestión. Ercolini hizo especial hincapié en el hecho de que Thill es hermano del funcionario Bellingi, al ser ambos hijos de la misma madre.

“Bellingi no sólo manejaba información calificada sobre el curso del trámite licitatorio sino que, además, tuvo intervención directa en dicho procedimiento, habiendo dado instrucciones y propuestas que, desde su génesis, marcaron la suerte de la licitación pública N° 01/2013 y el fracaso de su antecesora”, continuó.

Para Ercolini, “se trataba de un funcionario de alta jerarquía y su injerencia en el asunto fue tal que, seguido de las instrucciones dadas por la procuradora general para que se comenzara con el proceso licitatorio del año 2013, sugirió pautas para la confección del pliego de bases y condiciones, tales como las relativas a las dimensiones mínimas del inmueble a adquirir (…)”.

De este modo, consideró que Jaureguiberry y Thill “obtuvieron un lucro indebido bajo el pretexto de supuestas comisiones, representativas de un porcentaje inusual y significativamente superior al utilizado en el mercado inmobiliario” en perjuicio del órgano estatal.

Según el magistrado federal, “Gils Carbó y Bellingi se interesaron en miras de la obtención de un beneficio, tanto para aquellas personas como para sí mismos”, y concluyó que "hace presumir la existencia de ofrecimientos y acuerdos previos para que, a cambio de dinero o de alguna otra dádiva, emitieran las disposiciones e instrucciones necesarias para la adquisición" del inmueble. 



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