27 de Marzo de 2024
Edición 6935 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/03/2024

No se apure por vender

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó una multa de $30.000 por publicidad engañosa sobre una empresa de turismo por consignar en un anuncio “ofertas febrero últimos lugares”. La Ley obliga a informar la cantidad de lugares disponibles con los que la firma cuenta para cubrir la oferta.

Por un anuncio en donde se consignaba  “·…Ofertas febrero últimos lugares…”, pero “sin indicar la cantidad de lugares disponibles con los que la firma cuenta para cubrir la oferta”, la empresa Pedraza Viajes y Turismo recibió una multa de $30.000 de la  Dirección Nacional de Comercio Interior.

La multa posteriormente fue confirmada por la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que recordó que este tipo de infracciones revisten el carácter de formal por lo que no se necesita la comprobación de un daño concreto para imponer la sanción.

Los jueces Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández, firmantes del fallo, señalaron que la Ley de Defensa del Consumidor estipula “la obligación del productor, distribuidor o comerciante de brindar toda la información necesaria a los usuarios o consumidores con respecto a las características esenciales de los productos o servicios ofrecidos”.

LA empresa reconoció que la frase “quizás no fue la indicada ya que podría interpretarse la misma con un sentido cuantitativo”, pero aclaró que éste no era el sentido que se quería transmitir, “sino que se hacía referencia a la proximidad del viaje”.

Sin embargo, el anunció destacaba lo siguiente: “Lanzamiento “Baja Temporada” Reserve Ahora!!!”, para la Cámara, eso “no da lugar a mayores interpretaciones dado lo engañoso de la publicidad, si como lo dice la recurrente dichas frases se referían a la proximidad del viaje y no a la cantidad de lugares disponibles”.



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