26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024
Santa Fe adopta el sistema

El juicio por jurados está de moda

El gobernador de Santa Fe, Miguel Lifschitz, envió a la legislatura el proyecto de ley de juicio por jurados para juzgar delitos penados con prisión perpetua y otros considerados graves. Será la cuarta provincia en incorporar esta modalidad después de Buenos Aires, Córdoba y Neuquén.

El Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Miguel Lifschitz y su Ministro de Justicia, Ricardo Silberstein, enviaron a la Legislatura el proyecto de ley de juicio por jurados. De esta manera, se convierte en la cuarta provincia en incorporar esta modalidad de juzgamiento después de Buenos Aires, Córdoba y Neuquén.

Según el proyecto presentado, la modalidad de juicio por jurados será obligatoria para delitos penados con prisión perpetua y algunos considerados graves, como los ataques a la integridad sexual. De la misma forma que en el resto de las provincias, se elegirán 12 personas para integrar el jurado y se las seleccionará a través de un sorteo del padrón electoral.

"Sin dudas esta mecánica le dará más confiabilidad a las decisiones de la Justicia en causas resonantes y mayor transparencia a uno de los poderes más cuestionados por la sociedad, como lo es el Judicial. Vamos a instituir un jurado popular objetivo y autónomo", expresó el gobernador.

El proyecto ingresó por la Cámara de Diputados y se espera que este aprobado antes de fin de año para que pueda ser implementado en el 2018.

Por su parte, el ministro de Justicia, Ricardo Silberstein habló de un proyecto "de vanguardia" y "el más avanzado del país", ya que "la diferencia sustancial con lo que sucede en otras provincias, como Buenos Aires, es que en esta iniciativa se contempla que para dejar sin efecto la sentencia todas las partes tienen que estar de acuerdo".

Otra diferencia que muestra la iniciativa santafesina es que será el juez el encargado de fijar la pena y el jurado sólo se limitará a condenar al imputado. En relación a las apelaciones, Silberstein destacó que "estarán muy restringidas, ya que todas las partes deben estar de acuerdo, lo que lo posiciona como un proyecto de vanguardia".

Por último, para que haya condena los 12 miembros del jurado deberán estar de acuerdo. Si esto no sucede, en segunda instancia podrá haber fallo si hay 10 votos concordantes. Si aún así no se logran los votos necesarios, entonces se llegará a una tercera instancia tras la cual, de no haber 10 votos, el acusado quedará absuelto.

 

 

Aparecen en esta nota:
juicio por jurados

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486