28 de Marzo de 2024
Edición 6936 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/04/2024

No se puede anular un testimonio de Cámara Gesell

La Cámara en lo Criminal y Correccional no hizo lugar al pedido de la defensa de un hombre, acusado de abusar de una menor, que solicitó la nulidad de la entrevista mantenida con la víctima en Cámara Gesell.

En los autos "B., J. C. s/ Nulidad", la defensa del imputado interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que rechazó el pedido de nulidad de la entrevista mantenida con la menor damnificada en Cámara Gesell.

La defensa sostuvo por un lado que su asistido no tuvo oportunidad de designar letrado de su confianza, sino que desde el inicio se dio intervención a la defensoría oficial, sin que ésta hubiera designado consultor técnico; y, por el otro, que no tuvo oportunidad de controlar la prueba porque no fue notificado de ello, y que dicha medida no es reproducible en los mismos términos de su origen.

Frente a ello, los integrantes del Tribunal, Luis María Bunge Campos y Jorge Luis Rimondi, sostuvieron que se trató de una declaración testimonial bajo una modalidad específica que se debía recabar con urgencia como lo indicó el juez en su decreto y respecto del imputado, solo se contaba con los datos aportados por la denunciante.

Por lo tanto, no se trata de una pericia sino de una declaración testimonial establecida para un limitado grupo de sujetos, bajo un procedimiento particular dado que no pueden ser interrogados en forma directa ni por el tribunal o las partes, sino a través de un profesional de la salud, explicaron los jueces.

En ese marco, los magistrados agregaron que la declaración en Cámara "no puede ser considerada técnicamente una pericia, sino que el procedimiento previsto por el legislador es una forma de resguardar la declaración testimonial de un niño, equiparable como se dijo, a una audiencia testimonial. Tampoco se trata de una medida de prueba definitiva y, si bien puede ser reproducida, debe resaltarse que la entrevista fue grabada".

Los camaristas concluyeron que no se afectó el derecho de defensa del imputado y, por ello, resolvieron confirmar la sentencia de grado.

 

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