28 de Marzo de 2024
Edición 6936 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/04/2024

Hay que darle una chance de pelear por otro puesto

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ordenó al Ministerio de Economía, mediante una medida cautelar, que reincorpore a una mujer que había tomado licencia para concursar en otros cargos. 

En los autos “C., C. F. C/Ministerio de Producción de la Nación s/ medida cautelar”, una mujer interpuso un recurso de apelación contra la sentencia que rechazo su medida cautelar para que la reincorporen a su puesto y sostuvo que el peligro en la demora es evidente, ya que hace ocho meses que no percibe su salario.

La demandante explicó que ingresó a trabajar al área de Promoción de las Exportaciones del entonces Ministerio de Producción -hoy en al órbita del Ministerio de Economía- y, en mayo de 2015, a través de la página web se convocó a concurso público de mérito y oposición de antecedentes, con el objetivo de cubrir varios cargos del Ministerio, quedando postulada para los cargos de asesor especializado en Investigaciones de Mercados y de Profesional Especializado en Comercio Exterior, resultando seleccionada por concurso para ambos.

Al quedar seleccionada hizo uso de la licencia ordinaria y, a su regreso, fue convocada por personal de la dirección de coordinación administrativa, donde le comunicaron verbalmente que a partir del mes de abril prescindirían de sus servicios. Explicó que que al día siguiente se presentó a su lugar de trabajo pero le prohibieron el ingreso y, finalmente, recibió un telegrama notificándole que su contrato no sería renovado.

Frente a ello, los integrantes del Tribunal, Diana Cañal, Víctor Pesino y Néstor Rodríguez Brunengo, sostuvieron que están ante una trabajadora que perdió su empleo, sorpresivamente, con lo cual convierte en evidente el peligro en la demora la falta de cobro de la remuneración, en virtud de su carácter alimentario.

Los magistrados adelantaron que corresponde revocar la resolución que desestimó la medida cautelar. y ordenar a la demandada para que dentro del plazo de cinco días de notificada, reinstale a la actora en su lugar habitual y bajo las mismas condiciones, bajo apercibimiento de aplicar $ 3.000 en concepto de astreintes.

Asimismo, los jueces aclararon que las decisiones sobre medidas cautelares no causan estado, no son definitivas ni preclusivas, razón por la cual pueden reverse siempre que se aporten nuevos recaudos.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486