07 de May de 2024
Edición 6959 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/05/2024

Mano dura a los reincidentes

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia le revocó la libertad condicional a un hombre que incumplió con los requisitos de acceso al beneficio y ordenó que complete el resto de la condena de manera efectiva en centro penitenciario.

En los autos “Ríos, René Gerardo y otros s/ Infracción ley 23.737”, la Defensa Pública Oficial de un hombre condenado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización pidió que se revoque la libertad condicional de su asistido por el incumplimiento de los requisitos del beneficio.

Según los hechos relatados en la causa, 2015 se resolvió concederé la Libertad Condicional al imputado estableciendo como condiciones para ello las de residir en el domicilio que constituyó el causante en la localidad de Puerto Madryn, abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y de tener y/o usar estupefacientes y/o armas y presentarse mensualmente ante la Oficina de Supervisión y Control.

Tiempo después, el Ministerio Público Fiscal emitió un dictamen donde solicitó que se revoque la libertad condicional porque el imputado incumplió con las condiciones impuestas, específicamente la de “abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas y de tener y/o usar estupefacientes”, reglas de sujeción que tal lo establecido en el art. 13 del C.P. debían de regir mientras se encontraba liberado condicionalmente, normas en miras a la finalidad de que el reinsertado al medio libre no cometiera nuevos delitos.

Frente a ello, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia, conformado por Enrique Guanziroli, recordó que ,en estos casos, el Código Penal establece en su art. 15 que “la libertad condicional será revocada cuando el penado cometiere un nuevo delito o violare la obligación de residencia".

Al analizar los hechos denunciando, el magistrado resolvió revocar la libertad condicional del condenado, que deberá permanecer detenido en la Unidad Nº6 del Servicio Penitenciario Federal, debiendo cumplir de manera efectiva la pena de prisión.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486